Se modifica sanción a pérdida de documentos

En condiciones de ser votado mañana en segundo trámite por la Sala del Senado. quedó el proyecto que modifica el Código Tributario, en relación a las sanciones por pérdida o inutilización de los libros o documentos de recaudación.

La comisión de Hacienda despachó por unanimidad la iniciativa, que disminuye las sanciones por las pérdidas involuntarijas de este tipo de documentos.

La indicación del Gobierno propone eliminar la asociación al «capital efectivo» de los contribuyentes, de la base de cálculo de la multa por la pérdida o inutilización no fortuita de documentación tributaria o libros contables.

PROYECTO

En su reemplazo, dispone una multa que oscila entre un mínimo de una Unidad Tributaria Mensual y un máximo de treinta Unidades Tributarías.

La sanción específica que deba aplicarse se determinara de esta documentación.se derteminará por el juez competente. argumenta el proyecto.

Este modifica la base de cálculo de la multa aplicable a los contribuyentes que pierden o inutilizan los libros de contabilidad o documentos que acrediten anotaciones contables o relacionados con anotaciones relativas a cualquier impuesto, siempre que dicha pérdida no sea calificada de fortuita por el director de Impuestos Internos respectivo. para que la base de cálculo considere el capital propio en lugar del capital efectivo

AVANCES

Este avance es considerado altamente positivo. pues la iniciativa, en segundo trámite, que llega a la Sala con el informe favorable de la comisión de Hacienda será votado mañana en el Congreso.

La iniciativa tiene su origen en una moción de los actuales senadores José García y Baldo Prokurica que presentaron cuando se desempeñaban como diputados de la República.

En los últimos días se ha acelerado el debate de esta propuesta legislativa que logra consenso entre distintos sectores ya que entregará una opción a los contribuyentes que tienen este tipo de problemas.

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