A la fecha se han querellado en contra de 1.370 personas por este tipo de delito
Perjuicio fiscal por facturas falsas asciende a $ 18.913 millones
(Publicado : 10/11/2006, 4:18 horas)
En 2001 se creó la Fiscalía Anti Facturas Falsas del SII que ha permitido disminuir la evasión del IVA a 11%.
S. Celedón/ P. Díaz
Los casos de facturas falsas, como el más reciente de Publicam, no son nuevos para el Servicio de Impuestos Internos (SII). De hecho en el año 2001 se creó la Fiscalía Anti Facturas Falsas, y en junio del año siguiente se dotó a la entidad de nuevas herramientas para desarrollar la lucha contra la evasión de impuestos.
Es que el tráfico de facturas falsas es una de las principales modalidades de evasión de impuestos en Chile, particularmente de IVA. Su persecución y combate demandan un esfuerzo sistémico por parte del SII, que involucra principalmente a las áreas (subdirecciones) de Fiscalización y Jurídica.
Es así como desde 2001 a la fecha los delitos tributarios referidos a la comercialización de facturas falsas han causado al fisco un perjuicio de $ 18.913 millones. Esto como resultado de la acción penal del SII contra 1.370 personas involucradas en estos delitos.
Considerando el mismo período, el organismo fiscalizador especifica que el total de querellas presentadas tanto en el antiguo sistema procesal penal como en el nuevo sistema alcanza a 834. El año pasado se registraron 168 acciones penales, mientras que durante este ejercicio ya se han presentado 75.
Planes
Desde la perspectiva de la Fiscalización, se desarrollan planes tales como la verificación informática de las solicitudes de devolución de IVA, auditorias selectivas, Operación IVA, timbraje de documentación tributaria, denuncias de terceros, controles en ferias, carreteras, etc.
La actividad de Fiscalización alimenta muchas veces la actividad Jurídica del SII en la materia, pues en diversas situaciones los casos son traspasados del área de Fiscalización al área Jurídica, específicamente al Departamento de Investigación de Delitos Tributarios (DIDET), para que éste determine la existencia de dolo y por tanto la necesidad de perseguir judicialmente los delitos involucrados.
La Oficina Fiscalía Anti Facturas Falsas del SII tiene como misión ejercer y sostener ante los Tribunales de Justicia las acciones prejudiciales y judiciales en contra de los responsables de cometer infracciones administrativas y penales vinculados principalmente a las falsedades documentales y los delitos informáticos.
A la hora de analizar las condenas destacan los resultados que se han observado durante la reforma procesal, período en el cual ya se han dictado 73 condenas, lo que implica a 96 personas.
Esto se compara con las 51 condenas –108 personas- en el antiguo sistema procesal penal. Las razones de los mejores resultados con el nuevo sistema procesal es que los procesos se redujeron a 11 meses, desde los hasta casi tres años que podían durar en el anterior sistema.
Actualmente, las querellas pueden ser presentada incluso en horas, en el caso de los delitos flagrantes.
En el SII destacan que de esta manera se ha recuperado el 60% de los casi $ 19 mil millones que se han evadido por esta vía.
De acuerdo al SII, la Fiscalía Anti Facturas falsas ha mostrado su eficacia y eso se comprueba con la disminución de la tasa de evasión de IVA. En 2001 la tasa de evasión de IVA era de 19,4%, ello en relación al máximo potencial a recaudar si la evasión fuera “cero”.
En los últimos cinco años, la tasa de evasión cayó al 11%, lo cual representa unos
US$ 800 millones de mayor recaudación sólo por menor evasión. “La mayor parte de ello se debe a la menor evasión con facturas falsas”, aseguran en el Servicio.
Clasificación
La factura falsa es aquella que en su materialidad o contenido falta a la verdad. En el SII explican que existen las facturas falsas por concepto de falsedad material y por concepto de falsedad ideológica.
La falsedad material se produce cuando en el documento se han adulterado los elementos físicos que conforman la factura; esto es así cuando se produce una imitación de un modelo verdadero, se imita una factura legítima, y se va a producir, por ejemplo, cuando se hace una factura en una imprenta consignando un nombre, domicilio, Rut, numeración u otro dato o elemento esencial que no corresponda a la realidad, e igualmente, cuando todos estos antecedentes son verídicos, y se imitan los timbres y sellos del Servicio.
Mientras que la falsedad ideológica se produce cuando no estando alterada la materialidad del documento, las operaciones que en ella se consignan son mentirosas o no existentes, es decir, el contenido es el mentiroso.
La falsedad ideológica normalmente ampara operaciones inexistentes u operaciones reales por montos o especies diferentes a lo real; desde el punto de vista probatorio, este tipo de falsificación requiere un esfuerzo probatorio mucho mayor, ya que significa probar la simulación, en otras palabras, el concierto de dos o más personas destinadas a dar una imagen real a una operación total o parcialmente inexistente.
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