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La ley Nº 20.171, fue publicada el día viernes 16 de febrero en el diario Oficial.
Con fecha 19.02.2007, La Subsecretaria de Hacienda declara respecto de la preguntas sobre que los expertos han criticado la inclusión del nuevo concepto «renta neta de fuente extranjera» que «En Chile siempre los proyectos nuevos son criticados. Creo que éste es unn gran avance, es un proyecto que simplifica y homogeniza la situación de crédito tributario para las empresas, es un proyecto que tendrá impacto.Esperamos que las circulares del SII estén listas dentro de esta semana, donde se incluirán las aclaraciones pertinentes con respecto a algunos artículos que son más complejos de entender en la ley.»
Diario Financiero, 19.02.2007.
Noticia Original:
El gobierno promovió proyecto que uniforma en 30% el crédito para los impuestos pagados en el exterior para potenciar a Chile como plataforma de inversiones.
Paola Díaz Silva
“Permiten dar incentivos muy concretos a la inversión y el crecimiento”. Con estas palabras el ministro de Hacienda, Andrés Velasco, destacó el lunes la reciente aprobación de iniciativas de carácter tributario, entre ellas la norma que uniforma en 30% el crédito para los impuestos pagados en el exterior.
El gobierno promovió este proyecto como un impulso para potenciar a Chile como plataforma de inversiones porque permitía evitar la doble tributación sin necesidad de un tratado sobre la materia, pero a luz de la letra de la iniciativa los beneficios pueden terminar siendo incluso menores que con la actual normativa.
Es que los expertos advierten que no obstante el señalado incremento de tasa del 17% al 30%, la base sobre la cual se calcula el crédito disminuye en comparación a la norma actual, toda vez que se introduce como modificación a la Ley sobre Impuesto a la Renta un nuevo concepto: el de “Renta Neta de Fuente Extranjera”.
“Esto implicaría deducir los gastos que fueron necesarios para producir la renta de fuente extranjera para efectos de calcular el crédito. Obviamente en el extremo el dividendo puede ser cero y antes aunque fuera más bajo siempre tenía un 17% sobre el monto total porque no se le reducía nada”, explica el socio de PricewaterhouseCoopers, Germán Campos.
Pero no sólo eso. La abogada y gerente de PricewaterhouseCoopers, Loreto Pelegrí, alerta respecto de que esta nueva forma de cálculo del crédito no sólo se aplicaría a los dividendos y utilidades que se perciban del exterior, sino que a todas las demás rentas de fuente extranjera que conforme al artículo 41 A de la Ley sobre Impuesto a la Renta dan derecho a crédito.
“Esto es, a las rentas percibidas por el uso de marcas, patentes, fórmulas, asesorías técnicas y otras prestaciones similares, ya que se introduce como una norma de aplicación común tanto respecto de rentas que provienen de países con los cuales Chile haya o no celebrado un Convenio de Doble Tributación”, señala Pelegrí.
Instrucciones
En este escenario, a juicio de Campos, el Servicio de Impuestos Internos (SII) debería dictar instrucciones claras respecto a cómo se tiene que cumplir esta norma porque como está en el papel se permiten muchas interpretaciones.
“Su cálculo se hace subjetivo ya que no se señala la forma en que deberán ser calculados y rebajados los gastos ni en que proporción respecto de las rentas de fuente chilena”, apunta el experto en asesoría tributaria.
De todas formas aseguran que estas especificaciones deberían haber sido incluidas en la normativa para evitar la subjetividad de las circulares.
“Entonces lo que en un principio prometía ser súper atractivo, aparece ahora como un proyecto que introduce un concepto para el que nadie estaba preparado y que va a significar un impacto no menor para las empresas que tienen mucha inversión en el extranjero, las que van a tener que aumentar sus esfuerzos contables y controles”, enfatiza Pelegrí.
Transitorio
La abogada recuerda que esta iniciativa además de aumentar el crédito por impuestos pagados en el extranjero para los inversionistas chilenos, aumenta el crédito por la inversión en activos fijos hasta el 31 de diciembre de 2009.
“Eso es efectivamente algo bueno pero es transitorio”, dice Pelegrí.
Servicios sin IVA
Eximir de IVA a los servicios que se presten en Chile y que vayan a ser utilizados íntegramente en el exterior es una de las medidas que, a juicio de los expertos en asesoría tributaria de PricewaterhouseCoopers, realmente potenciaría a Chile como país plataforma regional.
El socio de la firma, Germán Campos, señala que para eso debería dictarse una norma general que instaure para todo el que exporte servicios una exención del IVA en circunstancias detalladas en la ley, de manera de evitar abusos.
Además, a su juicio, Aduanas debería ser excluida de estas operaciones porque “no es la entidad que tiene más expertise técnico en el tema del IVA”. De esta forma, las exportaciones de servicios no tendrían que cumplir todos los trámites aduaneros pero sí gozarían de los beneficios que tienen los envíos de bienes.
PricewaterhouseCoopers advierte que iniciativa obligará a mayores esfuerzos contables
Proyecto plataforma podría disminuir beneficios para inversiones en el exterior
Diario Financiero: 07.02.07.
derechotributario.cl: Véase artículo sobre el tema «Sistema Chileno para aminorar la doble imposición internacional», Jorge Espinoza S., nº 11, Segundo Semestre de 2006, en Revista de Estudios de Información y Control de Gestión, Centro de Estudios Tributarios, Facultad de Economía y Negocios Universidad de Chile.
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