Cifra representa más del 60% de las acciones presentadas el año pasado
SII: querellas por comercio ilegal superan los US$ 12 millones
Silvana Celedón Porzio
A US$ 12, 7 millones (unos $ 6.000.542.578) ascienden las querellas presentadas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) por el delito de comercio clandestino e ilegal durante los primeros meses de 2008.
Dicha cifra representa más del 60% del total de acciones, en esta dirección, presentadas en 2007 por el organismo.
Esto, explica el jefe de la Oficina Fiscalía contra el Comercio Clandestino del SII, abogado Manuel Navarrete, se debe a que la estrategia que está empleando el ente fiscalizador para combatir aquellas actividades económicas ilegales -que atentan contra del Orden Público, el Patrimonio Fiscal y la Ley de Propiedad Intelectual- está focalizada en atacar a los grandes proveedores y productores de mercancías ilícitas.
“De hecho, este año hemos realizado golpes fuertes. Entre marzo y abril se incautaron libros con un avalúo aproximado de $ 3.000 millones”, afirma Navarrete, quien agrega que el trabajo de la unidad que encabeza está realizando una “rigurosa selección para detectar a las grandes fuentes de comercio ilícito”.
Paralelamente, la Oficina Fiscalía de Comercio Clandestino ha aumentado sus lazos con gremios empresariales, como la Cámara Nacional de Comercio (CNC), el Ministerio Público y entidades públicas. Cabe señalar que a esta última categoría se sumó en enero de este año la Brigada Investigadora de Delitos de Propiedad Intelectual (Bridepi).
“La idea es perfeccionar las bases de datos para ir detectando las irregularidades que se dan en distintas áreas del comercio”, afirma Navarrete.
Suprema valida tesis
En materia judicial, el SII sostiene que los fallos que recientemente dictó la Corte Suprema en materia de comercio irregular, a favor de las tesis planteadas por el organismo fiscalizador, son “un paso muy importante” para combatir este tipo de ilícitos. A juicio de Navarrete “el máximo tribunal está sentando jurisprudencia, respecto de una tema que no lo había hecho antes”.
Esto, explica, porque la Suprema ya había validado la tesis del Servicio en materia de comercio clandestino, pero no en el caso del irregular, siendo que este último puede ser desarrollado incluso en locales comerciales con inicio de actividades en un rubro distinto a la actividad económica que en el hecho desarrollan.
“Lo relevante de este fallo es que dicha corte valida las tesis jurídicas del SII referidas al artículo 97 N°8 del Código Tributario en el sentido que las actividades ilícitas deben tributar y de que existe un concurso de delitos , pues se trata de hechos que afectan bienes jurídicos diversos”, afirma el jefe de la Oficina Fiscalía contra el Comercio Clandestino del SII.
Jueves 22 de mayo de 2008, Diario Financiero.
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