Cuenta Pública 2009
Por tercera vez, el Director Nacional del SII realizó una cuenta pública de su gestión el día de ayer (19 de marzo) bajo la explanada del Palacio de La Moneda. Quizás esta sea la última cuenta del Director, así que vale la pena comentar brevemente algunas promesas y resultados.
Reanunciando lo anunciado, el Director del Servicio de Impuestos Internos, retomó la baja de la recaudación, la segmentación de la fiscalización y los tribunales tributarios.
En 2007, la evasión en el IVA ascendió a US$ 1.800 millones, esto es un 9 %. Según Escobar las cifras preliminares de 2008, «indican un cierto aumento de la evasión…»
Así el Director relacionó el precio del cobre con la recaudación y destacando que en la crisis asiática del la evasión del IVA subió del 19 % al 24% (1998) recuperando su nivel anterior solamente el año 2001. La referencia a la disminución de la recaudación, ha sido un lugar común en las cuentas del Director desde marzo de 2006, y volveremos sobre ello más adelante.
Como resultado de su gestión (2006 a 2008), el Director Escobar señaló, entre otros:
«La recaudación de impuestos llegó a 16,9 billones de pesos, lo cual es un 6% inferior que un año antes, ello debido fundamentalmente a la disminución experimentada por el precio internacional del cobre y otros metales, lo cual significó menor recaudación en el impuesto a la renta;»
• Las declaraciones de renta por Internet alcanzaron al 98% del total, lo que significa en términos prácticos haber llegado a la cima;
• El sitio Web del SII fue renovado y se ha desarrollado la funcionalidad “MiSII”, cuya característica central es brindar un servicio personalizado a partir del perfil de cada contribuyente;
• La emisión de documentación tributaria electrónica alcanzó a 115 millones de documentos (66% más que en 2006), hoy se emiten electrónicamente el 30% de las facturas que circulan en el país;»
Lo prometido por el Director.
En la cuenta de marzo del 2008, se definieron como compromisos en el ámbito jurídico-normativo un nuevo “Comité Consultivo”; indicaciones al Proyecto de Tribunal Tributario y nuevo Procedimiento de Revisión de la Actuación Fiscalizadora. Se indicó que se había realizado una segmentación de los contribuyentes, de los cuales el 98,8% por ciento son personas naturales y pymes. Los demás compromisos estaban vinculados a entregar mayor información a los contribuyentes y focalizar la fiscalización.
En alguna oportunidad el Director sugirió también la aplicación más general de un régimen de tributación sin FUT, (agosto de 2006, Seminario “El FUT: veintidós años de vigencia”, publicado por el ICHDT en abril de 2008), considerando su alto costo y que la mayoría de los contribuyentes no lo utilizaban al retirar anualmente el total de los ingresos de sus empresas, lo que se propuso al Congreso como una modificación del artículo 14 bis y resultó en definitiva un nuevo artículo 14 ter de la Ley de la Renta.
Qué se hizo y qué no.
Respecto del Consejo Consultivo, en un principio de carácter público, estaba dirigido a mejorar la discusión sobre las decisiones interpretativas del SII. La resolución Nº 71/2008, nombró los participantes del Consejo Consultivo integrado por abogados y contadores para asesorar las interpretaciones del SII, establecido por Resolución Nº 38 de 2008. Actualmente posee el carácter de secreto, sin que ninguna de sus posiciones sea de conocimiento público, lo cual ha sido cuestionado por el Sector Privado.
En el ámbito interpretativo también, ya comentábamos que “deben aplicarse a los procedimientos de consultas y generación de interpretaciones administrativas, normas más exigentes que las que hoy existen.”, pese a lo cual aún carecemos procedimiento conocido y público que permita conocer en qué plazo se emitirá una interpretación específica (MCT Nº 367, julio de 2008, página 17 y siguientes). Adicionalmente, tampoco en las circulares existe un procedimiento abierto y participativo para sugerir mejoras o plantear problemas, antes de su vigencia, cuestión que en el Derecho Comparado es un una práctica habitual.
Legislativamente, el proyecto de Tribunales Tributarios se convirtió en la ley Nº 20.322, publicada en el diario oficial con fecha 27 de enero de 2009, creándose así los Tribunales Tributarios independientes en Chile, sobre la base de un nuevo proyecto elaborado al interior del SII en la Administración de Ricardo Escobar. La indicación sustitutiva que es ahora ley, modificó totalmente el anterior proyecto denominado «Baraona-Brzovic» y ha merecido un unánime reconocimiento.
Sobre la segmentación de los contribuyentes, en el año 2000, el economista Pablo Serra B., señalaba “En los próximos años reducir la evasión será una tarea más difícil. En primer lugar, en recaudación impositiva existen fuertes rendimientos decrecientes a escala. Segundo, es poco probable que se repitan las altas tasas de crecimiento de la década de los 90. Tercero, los ciudadanos querrán conocer cuál ha sido el impacto de los recursos adicionales recaudados.” En lo cual se equivocó Serra, porque desde el año 2000 a 2007, al menos la evasión en el IVA bajó de 21 % a 9%, cierto que con ley denominada contra la evasión que se aprobó en el intertanto. Según el mismo Serra “La literatura enseña que el efecto sobre el cumplimiento tributario de aumentar el presupuesto de la Administración Tributaria no siempre es significativo. En efecto, realizar más de lo mismo probablemente tiene fuertes rendimientos decrecientes, y es posible que ni siquiera afecta la percepción que los evasores tienen respecto a la posibilidad de ser detectados, que es la que en definitiva influye en su comportamiento. Es más efectivo perfeccionar el criterio para seleccionar los contribuyentes a auditar, que realizar más auditorías, como lo muestra la evidencia de los EE.UU.”(“Evasión Tributaria: ¿Cómo abordarla?”, por Pablo Serra B., Revista Estudios Públicos Nº 80, primavera del año 2000, página 224). No obstante, la segmentación de contribuyentes no se mencionaba en ninguno de los estudios del SII del mismo año 2000: “Una administración tributaria para el nuevo milenio -escenarios y estrategias”, Fernando Barraza Luengo, ex Subdirector del SII, de Julio 2000 y el estudio “Diagnostico del Sistema Tributario Chileno.”, Michael Jorratt, ex Subdirector de Estudios del SII, de marzo del 2000.
En relación a la nueva revisión administrativa (RAF), consúltese el artículo de Pedro Massone en el Anuario Tributario del Manual de Consultas Tributarias, Nº 373, enero de 2009, editorial legalpublishing, páginas 108 a 123, en que analiza la circular 26 de abril de 2008, que trata el tema, con elogio pero también crítica a la misma.
En el plano interno del SII, el Director ha contado con pocas simpatías al interior de los organismos gremiales, al haber impulsado también una renovación sin precedentes de los cuadros directivos del organismo.
Epílogo
En fin, un resultado mixto, con un gran logro legislativo.
Este año será probablemente de continuidad, y habrá que esperar el nuevo gobierno para comentar la agenda de la Administración Tributaria del bicentenario.
Sergio Endress G.
Abogado, Magíster en Derecho y Profesor Universitario.
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