Pugna entre SII y Dipres por pago en US$

Por sorpresa ha tomado a una serie de contribuyentes, que llevan su contabilidad en dólares, el hecho de que distintas direcciones regionales del Servicio de Impuestos Internos (SII) han comenzado a revocar solicitudes que apuntaban a pagar determinados impuestos en moneda extranjera.

Esto, porque varias empresas buscaban acceder a la medida anunciada el 26 de marzo de 2008 por el Ministerio de Hacienda para facilitar el cumplimiento tributario en dólares y apuntalar con dicha iniciativa el debilitado tipo de cambio. Sin embargo, una resolución de noviembre del año pasado de la Dirección de Presupuestos (Dipres) cambió radicalmente el alcance del proyecto aprobado por el Congreso.

¿La razón? El gobierno limitó el pago en dólares sólo al Impuesto a la Renta, excluyendo de esta forma al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Cambio de planes

De acuerdo al director del SII, Ricardo Escobar, el organismo fiscalizador entendió inicialmente que tanto Renta como IVA podían acceder al beneficio. De hecho, explica, el SII “comenzó a habilitar los mecanismos para estos pagos en el curso del primer semestre del año pasado. Primero fue Renta y luego fue IVA a partir de julio”.

Pero las cosas cambiaron. Esto, sostiene Escobar, porque “después vino la resolución de la Dipres que restringió el beneficio sólo al Impuesto a la Renta, entonces nosotros restringimos la aplicación a través de la Resolución 27 (del 25 de febrero de 2008)”.

A juicio Christian Aste, socio de MAAS Abogados y Auditores Tributarios, “hay una contradicción en la determinación de la Dipres, ya que luego de aprobarse una ley, destinada a facilitar la incorporación principalmente de las empresas exportadoras al sistema, el mismo ministerio que había propiciado la modificación se retracta por la vía administrativa”.

De esta forma, explica el jurista, “se deja a los contribuyentes en una situación menos confortable que antes”. Esto, explica, porque previo a esta ley existía una resolución de 2006 que permitía que los propios contribuyentes decidieran si pagaban o no todos sus impuestos en moneda extranjera.

Con esta visión coincide el abogado de Ernst&Young, Luis Felipe Ocampo, quien plantea que “efectivamente la directriz que emanó desde el Ministerio de Hacienda cambió las reglas del juego y es así como a varias empresas ya se les ha revocado la autorización para pagar su IVA en dólares”.

Sorpresa en gremios

Por su parte, los gremios exportadores califican como “incomprensible” y una “señal negativa” que Hacienda no permita que el IVA se pague también en dólares, “tal como se había ofrecido”, dicen.

Para la gerente de estudios de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), Ema Budinich, la resolución “no ayuda al tipo de cambio y peor aún, en la medida que más gente se vea afectada puede deprimir el precio de la divisa”.

Una lectura similar realizó el presidente de Asexma, Eduardo Moyano, quien calificó la medida de “sorpresiva” y “no es razonable” , porque, a su juicio, el IVA “es un impuesto como todos los demás”.

“A lo menos creo que es una inconsistencia tanto de Hacienda como de la Dirección de Presupuestos”, argumenta Moyano.

Ahora, respecto de un impacto cuantificable de la medida, el timonel de Asimet, Arturo Lyon, cree que “todavía es muy pronto” para medirlo.

Cronología de los cambios

El 16 de octubre de 2007, el Ministerio de Hacienda y el SII anunciaron una serie de medidas para facilitar la tributación de las empresas que llevan su contabilidad en dólares.

Para ello, se establecieron tres etapas. La primera, adaptar los sistemas informáticos y los requisitos legales. La segunda, que las empresas pudieran pagar vía electrónica y, en tercer lugar, que las empresas con contabilidad en dólares “realizaran todas sus declaraciones de impuestos vía Internet, no solamente la de Impuesto a la Renta. Esto permitirá la presentación vía Internet de las declaraciones mensuales de PPM, IVA, las de retenciones y de otros impuestos”, a partir de junio de 2008. Ya modificados, los cambios legales fueron publicados en el Diario Oficial el 2 de mayo. Sin embargo, en noviembre de 2008, la Dipres dictó una resolución que estableció que la declaración y pago en moneda extranjera, sólo podía hacerse respecto de los impuestos contenidos en la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Acto seguido, el SII emitió en febrero pasado la resolución número 27, donde se limitó el señalado beneficio.
Diario Financiero.
El gobierno, a través de una resolución de la dipres, limitó beneficio sólo a renta
Preocupación en el mercado por decisión de restringir pago de impuestos en dólares
S.Celedón/P.Gallardo

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