Abogados de la plaza creen que miles de causas más pueden quedar en nada:
Más de 2 mil juicios tributarios han sido anulados en apenas ocho años
Todos los casos tramitados por las empresas, entre 1993 y 2007, y que no fueron vistos por un director regional del SII serían declarados «nulos», pero sus deudas seguirán vigentes. Para los abogados, debe haber una condonación de los intereses, el que llega a un 1,5% mensual. O bien, un perdonazo total.
Francisca Vega W.
Desde 2001, más de 2.130 juicios tributarios han sido anulados, según los datos del Servicio de Impuestos Internos (SII). Otras 880 causas están en revisión en los tribunales y podrían correr la misma suerte, con altos costos para los contribuyentes.
El problema se originó en 1993 -cuando Javier Etcheberry estaba al mando del SII- hubo una interpretación del artículo 116 del Código Tributario, que permitía a los directores regionales delegar en abogados externos la facultad de fallar en las controversias entre los contribuyentes y el ente fiscalizador. «Siempre se dijo que era inconstitucional y, por ende, ilegal», dice Álvaro Mecklenburg, socio Tax & Legal de Deloitte.
Entre los tributaristas abundaban las críticas a la forma en que se manejaban las causas, pues consideraban que no se garantizaba la imparcialidad del fallo.
Finalmente, en 2007, el Tribunal Constitucional derogó el polémico artículo. Además, los abogados lograron algo que anhelaban: la creación del Tribunal Tributario y Aduanero, que velará, entre otras cosas, por el pago de los impuestos y en el que el SII no tendrá ninguna injerencia.
La pesada mochila
Desde que se derogó el artículo 116 del Código Tributario, todas las causas falladas entre 1993 y 2007 por abogados que no eran directores regionales del SII -y que fueron presentadas ante la Corte de Apelaciones y la Suprema- han sido anuladas. Pero, abogados de la plaza dicen que unos siete mil procesos podrían ser anulados. El número real no se conoce porque en el SII no dan datos anteriores al 2001.
El impacto en las empresas es considerable, pues de acuerdo al artículo 97 del Código Tributario, los montos adeudados generan un interés de 1,5% mensual hasta que no haya un fallo definitivo. «Todos esos juicios fueron generando intereses del 18% anual, lo que es muy fuerte», confirma María Teresa Cremaschi, socia del Estudio Barros & Errázuriz.
Eso, sin contar con el reajuste por inflación y las multas. «Les corre el taxímetro a las compañías», dice Franco Brzovic, socio del estudio jurídico Pérez Donoso.
De ahí que los abogados planteen la necesidad de revisar el cobro de los intereses.
«Hay que ver si se condona todo lo ocurrido hasta ahora», dice Cremaschi.
Muchos alegan la inocencia del contribuyente. «Originalmente, el caso se presentó ante un juez que no era juez, no tiene validez alguna. Y como dicha acción está prescrita, por lo tanto, el Fisco no tiene nada que cobrar», agrega Brzovic.
Por eso, algunos incluso hablan de un perdonazo total, ya que muchas de las deudas con el Fisco ya prescribieron. En el SII se excusan de dar declaraciones al respecto y argumentan que la decisión de revisar el cobro de las deudas e intereses «se trata de una voluntad política».
Pero sí aceptan que la repetición de un juicio implica un recarga adicional para sus funcionarios. Además, dejan entrever que saben el costo que significa para los contribuyentes.
Así, si usted está por apelar una causa que fue fallada entre 1993 y 2007 sólo le queda mirar al cielo para que no se sigan sumando intereses.
Deudas se han triplicado en algunos casos
es el monto en el que aumentó la deuda de una compañía de servicios financieros que inició su proceso con el SII en 2002. En ese entonces, eran $316,7 millones los que estaban en discordia.
Pero el caso no fue visto por un director regional, sino por un abogado delegado. Por lo mismo, en abril pasado, se anuló.
Hoy, la deuda ya supera los $1.160 millones.
más adeuda hasta ahora una compañía del sector industrial, que aún enfrenta un juicio inconcluso, a pesar de que el proceso se inició hace siete años. En ese entonces, la deuda en controversia era de $23,4 millones. En 2005, por efecto del reajuste por inflación e intereses el monto ascendía a $37,4 millones. El juicio aún no termina y la deuda ya supera los $74,8 millones.
El Mercurio, Domingo 12 de julio de 2009.
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