Un reciente dictamen de la Contraloría exige que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) reduzca los cobros que realiza por la fiscalización de productos de exportación agrícola. Dicho organismo ha reducido sus tarifas, pero los exportadores ahora están demandando al fisco por lo que consideran cobros irregulares en el pasado, por un monto estimado en más de 100 millones de dólares.
El referido dictamen señala que las tarifas que se cobran por el servicio de fiscalización deben considerar los “costos directos como los asociados que se generan por la prestación de las labores de inspección y certificación realizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero”, pero no pueden considerar los “costos atingentes” a aquellas funciones que el SAG debe realizar por mandato expreso de la ley.
Entre estos últimos servicios están los costos administrativos del ministerio, el control de plagas y otros similares. A juicio de los abogados de los exportadores, en muchos casos el 50 por ciento de las tarifas del SAG financiaría sueldos de personal y costos de campañas de erradicación de pestes, por lo que —según ellos— correspondería a tareas que la ley le encomienda al SAG con cargo al presupuesto general de la nación.
Aunque el dictamen de la Contraloría es correcto, cabe preguntarse si su razonamiento es o no enteramente lógico desde el punto de vista de las funciones del Estado. Los beneficios de las medidas del SAG recaen casi exclusivamente sobre el sector agropecuario. Por tanto, se podría razonar que los impuestos generales que pagan las empresas agrícolas están destinados a financiar los servicios generales del Estado, tales como defensa, justicia y semejantes, así como redistributivos, tales como educación y salud. En tal caso, podría sostenerse que los servicios de una institución como el SAG, cuyo fin es servir a un sector específico, deberían ser pagados por éste. Este criterio se aplica en el sector eléctrico —en el cual los costos de los Centros de Despacho Económico de Carga son de las empresas relacionadas al sector eléctrico—, en la Superintendencia de Bancos —financiada por los bancos— o en el caso de las carreteras concesionadas —financiadas con peajes.
En principio es concebible un Estado en el que los sectores que se benefician directamente de los servicios de un ente estatal —como la minería y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), el turismo y Sernatur, la Junta de Aeronáutica Civil y dicha aviación, la Superintendencia de Valores y Seguros y la Bolsa— financien en buena medida a los respectivos organismos, y que sólo las actividades que tienen externalidades hacia otros sectores sean pagadas con recursos centrales.
Este concepto parece atractivo, pero varios inconvenientes explican por qué no es común esta forma de estructurar el Estado. El más decisivo es que un organismo fiscalizador cuyos ingresos sean excesivamente dependientes de los sectores supervisados tiende a ser menos independiente. Esto reduce su valor para la sociedad y para el sector particular. En todo caso, este dictamen de la Contraloría tiene la virtud de introducir criterios generales que deberían ser aplicables a distintos sectores en que existen entes del Estado que cobran por sus servicios.
Editorial
EL Mercurio, 21 de octubre de 2009.
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