1 Simplificación tributaria
en renta fija
El primer foco que mencionó el ministro Larraín en su presentación de ayer (en la presentación de la agenda de Mercado de Capitales del Bicentenario (MKB), se refiere a cambios tributarios que faciliten «el desarrollo de nuevos productos y mercados, la exportación de servicios financieros y la participación de agentes externos».
En su mayoría, estas modificaciones no irán en la dirección de reducir la carga tributaria, ya que más bien, intentarán simplificar y clarificar los procesos.
En el mercado de renta fija, se quiere «simplificar la administración tributaria», para permitir de mejor forma la participación de inversionistas institucionales extranjeros en el mercado, lo que hoy día está limitado.
Aquí no se realizarán ajustes en el nivel de impuestos (17% por ganancia de capital y 4% de retención sobre los intereses), sino que se harán cambios que vuelvan menos engorroso la tributación. De esta forma el proceso será más simple y hará más atractiva la compra y venta de activos.
– En el mercado de derivados, en tanto, se buscará reducir la incertidumbre sobre el tratamiento tributario, de tal manera que los partícipes del mercado sepan si una determinada operación se va a catalogar como una de cobertura o de especulación, porque ambas están sujetas a distintos tratamientos. Las primeras están exentas de impuesto a diferencia de las segundas que si deben tributar.
En este punto tampoco se disminuirá la carga a pagar, sólo que implementarán criterios que diferencien.
El abogado de Deloitte, Pablo Vera, coincide con el análisis que hace el gobierno.
«solo existen interpretaciones del SII mediante Oficios dispersos a través de los años, no siempre consistentes. Específicamente debiera tratarse desde cuándo los titulares de estos instrumentos deben reconocer sus resultados, si en base a la liquidación de dichos instrumentos o sobre base devengada».
Mientras que en el mercado de administración de fondos se trabajará en el tratamiento del IVA para la exportación de servicios de administración de fondos.
Actualmente, las comisiones de los fondos locales están sujetas al pago de este 19% de impuesto, lo que implica un costo mayor respecto de sus pares extranjeros ya que en ese caso la comisión que un cliente chileno debe pagar no está gravada con este tributo. Esto además corre para quienes no están en el país. Si un extranjero quisiera invertir a través de un fondo local, también tiene que pagar este 19%, lo que afecta la competitividad.
Según el socio del estudio Jurídico Perez Donoso y Cía, Franco Brzovic, «debería ser una exención automática y que el exportador sólo informe al SII de ello y no sea calificado por Aduanas el carácter de exportador», dice.
Lo que se pretende hacer es que «el IVA no sea un impedimento para el desarrollo de la industria local», dice Correa. Pero advierte que aún no está definido el mecanismo que se utilizará.
Diario Financiero, 7 d emayo de 2010.
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