Gas de Magallanes abre debate sobre subsidios a zonas extremas

Promueven el desarrollo en regiones aisladas:
Zonas extremas cuentan con un total de nueve leyes con beneficios excepcionales

Algunas son de aplicación general, mientras que otras recogen las ventajas de una región determinada.

Silvana Celedón P.

Contar con una política de incentivo y desarrollo para las denominadas «zonas extremas» del país, a través de la implementación de distintas políticas de carácter excepcional, es el objetivo de las nueve normativas con que cuenta la legislación chilena para promover la instalación y desarrollo económico de estas regiones.

En este sentido se pueden distinguir dos tipos o conjuntos de normas de excepción: aquellas que tienen un carácter particular y otras de tipo general. Las primeras recogen las particularidades y ventajas de una región determinada y buscan su desarrollo por la vía de establecer franquicias, subsidios o bonificaciones.

En este nivel figuran la Ley Arica, la Ley Tocopilla, la Ley Austral, la Ley Navarino, el Régimen preferencial aduanero y tributario para las comunas de Porvenir y Primavera de la provincia de Tierra del Fuego y el Fondo de desarrollo de la Región de Magallanes.

La Ley Austral, por ejemplo, sólo se otorga a las inversiones en bienes por un monto superior a dos mil o mil UTM.

El segundo nivel de normas es de aplicación general para el conjunto de las regiones extremas. Éste es el caso de la Bonificación a la mano de obra, Fondo de desarrollo de las zonas extremas y Ley de zonas francas y DFL Nº 2 de Hacienda.
Beneficio
A la mano de obra se le bonifica en las regiones I, XV, XII y las provincias de Chiloé y Palena.

EL Mercurio, 11 de enero de 2011.

tabs-top

Los comentarios están cerrados.