Ante críticas transversales respecto de la compleja convivencia que podría generarse entre los dos regímenes tributarios -renta atribuida y semiintegrado-, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, anunció ayer que enviará este año un proyecto de ley corto para enfrentar el tema. Este establecerá que solo puedan optar por la renta atribuida aquellas empresas que tengan socios, propietarios o accionistas que sean exclusivamente personas naturales contribuyentes del impuesto global complementario.
Así, Chile tendrá un sistema principal, que será el semiintegrado, en el que estarán todos los otros tipos de empresas. Este esquema mantendrá una tasa de impuesto de primera categoría de 27%, que considera la reforma.
Otros cambios
En el caso del sistema de tributación simplificada contenido en el artículo 14 ter, en el cual también se atribuyen las rentas, podrán acceder empresas cuyos dueños, socios o accionistas sean, además de las personas naturales, personas jurídicas que opten por el sistema de atribución de rentas. Además, se ampliará el plazo para que los contribuyentes se puedan acoger a este régimen de tributación simplificada.
Aparte de la renta atribuida, otros cuatro puntos técnicos se perfeccionarán en el proyecto de ley. Uno de ellos es precisar que las operaciones de leasing iniciadas antes del 1 de enero de 2016 no serán gravadas con IVA. Además, en el caso de las operaciones inmobiliarias que ya están exentas de IVA, se precisará que las promesas de compraventa de dichas transacciones quedarán también exentas.
Se establece igualmente que las constructoras podrán recuperar el IVA a la construcción con viviendas que tienen subsidio del Estado.
En la norma general antielusión su aplicación se dará en los hechos y negocios realizados o concluidos a partir de la fecha de entrada en vigencia de la norma.
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