Las declaraciones de la Ministra Rincón respecto a que la fusión de AFP Cuprum con Argentum era irregular y no había cumplido con los procedimientos contemplados en la ley, producto de que las administradoras operan bajo el derecho público, abrió un nuevo flanco de debate respecto a si la operación podía considerarse un acto nulo.
Primero fue la consejera del Colegio de Abogados, Olga Feliú, quien en PULSO adelantó que el hecho de que una empresa tenga una actividad de beneficio social no la transforma en una entidad pública. Ante ello, los comentarios de la Ministra no han encontrado respaldo.
La arista tributaria
Si bien la Ministra ha apaciguado sus declaraciones al dejar en claro que sus aprensiones no corresponden al goodwill, el tema podría seguir escalando, ya que la Fiscalía Centro Norte está en pleno proceso de investigar la operación, a cargo de la fiscal Tania Sironvalle, e incluso la Contraloría deberá declarar su competencia frente al caso luego que la bancada de diputados DC solicitara su pronunciamiento por la decisión del regulador de autorizar la operación. Por otra parte, el próximo 1 de septiembre la comisión que investiga la operación tendrá una nueva jornada, en la que participarán el director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, aunque su asistencia aún está en duda producto que lleva una semana en el cargo. A él se sumará Roberto Mercado, presidente de la Asociación de Funcionarios de la Superintendencia de Pensiones, AFUSUP.
En este escenario, Claudio Bustos, socio de Bustos&Cía, explicó que independiente de que el estatuto jurídico que rige a las AFP sea de derecho público o privado, los efectos tributarios de las administradoras quedan a la fiscalización del SII. Ello es relevante porque la modalidad que obtuvo la venia de la Superintendencia de Pensiones permitirá a AFP Cuprum un beneficio tributario del orden de US$129 millones (goodwill) y la calificación de irregularidad de la Ministra Rincón podría suponer una preocupación de largo plazo para la administradora, ya que según explicó Bustos, el SII puede fiscalizar la operación hasta dentro de los próximos tres años, salvo que exista omisión maliciosa de declaraciones de impuesto o declaraciones maliciosamente falsas, “en cuyo caso el plazo de prescripción se extiende a un máximo de seis años”, dijo.
En AFP Cuprum existe tranquilidad sobre el proceso, puesto que estiman se cumplieron con cada una de las exigencias del regulador en un procedimiento que ha sido plenamente informado y legal. En AFP Provida, de la cual Ministra Rincón formó parte del directorio, continúa adelante con su fusión con AFP Acquisition, modalidad por la que conseguirá un beneficio tributario cercano a los US$290 millones, beneficiando al comprador Metlife.
Fuente: Pulso (extracto). 24 de agosto de 2015. Por Nicolás Vivanco.
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