El proyecto de ajustes a la reforma tributaria que ingresó al Congreso la semana pasada sigue su trámite en la comisión de Hacienda a partir de hoy, en Valparaíso. En pocas sesiones, los parlamentarios ya se dieron cuenta de que el tema no estará libre de conflicto, lo que puede hacer que el trámite del proyecto no sea tan expedito como deseaba el Ejecutivo, que pretendía aprobarlo en enero.
Los comentarios por parte de los expertos que ya han ido a exponer coinciden en algunas materias, como el cuestionamiento de la norma general antielusión y la obligatoriedad de permanecer en el sistema semiintegrado.
Consultados por «El Mercurio», abogados de PwC, EY, KPMG y Deloitte definen los nudos críticos que tendrá la iniciativa, ya sea porque consideran que existen temas que no quedaron bien resueltos o por complicaciones en su aplicabilidad.
El trámite sigue hoy en la Comisión y están invitados a exponer la subdirectora de LyD, Rosanna Costa; el director del SII, Ricardo Escobar, y el presidente del Colegio de Contadores, Alejandro Vera, entre otros.
Trámite continúa
El trámite del proyecto de ajustes a la reforma tributaria sigue hoy en la comisión de Hacienda.
PwC: desventajas de la obligatoriedad
Para Nicolás Ulloa, socio de Tax&Legal de PwC, uno de los puntos que tiene aspectos positivos y negativos es la obligatoriedad de que las empresas S.A. y SpA se acojan al sistema semiintegrado.
«Por un lado, que la renta atribuida solo pueda ser conformada por personas naturales es positivo, ya que soluciona el problema de coexistencia de los dos sistemas en una misma malla, simplificando el esquema», dice.
Sin embargo, señala que puede haber un aspecto negativo. Ejemplifica: una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que estaba conformada por cuatro personas naturales y un quinto socio, que es una persona jurídica, no podría acogerse a la renta atribuida. «Eso afectaría a los cuatro socios personas naturales, porque pueden terminar pagando una tasa final cercana a 44,45% en vez del 35% del sistema atribuido», explica.
Agrega que este ejemplo no es un caso de excepción, y muchas veces ocurre en la práctica.
Deloitte: incertidumbre en algunas normas
Para Hugo Hurtado, socio de Tax&Legal de Deloitte, la clarificación de la retroactividad de la norma antielusión es confusa y generará incertidumbre en los contribuyentes, ya que podría aplicarse a actos o contratos celebrados antes del 30 de septiembre de 2015 (entrada en vigencia de la norma), que generen efectos tributarios después del año 2018.
En otro aspecto, señala que los inversionistas extranjeros que invierten en países sin convenio tributario como Alemania, Holanda y Japón, se ven expuestos a una alta tasa, debiendo pagar impuestos por 44,45% sobre los dividendos.
Agrega que también se aumentan los impuestos a intereses pagados al exterior a residentes en países con convenio tributario. En efecto, esos pagos normalmente estaban sujetos a la tasa del 15%, y si el proyecto es aprobado, y se considera que la sociedad chilena está sobre-endeudada, pueden quedar afectos a tasas del 35%.
EY: inversiones locales versus extranjeras
Pablo Greiber y Juan Pablo Navarrete, socios de Consultoría Tributaria de EY, afirman que proyecto de ley, al dejar por defecto el régimen parcialmente integrado y establecer casos excepcionales en los que se pude optar al régimen de renta atribuida, acentúa una disparidad de la reforma tributaria original: un negocio en Chile emprendido por inversionistas extranjeros, que provienen de un país que tiene un convenio para evitar la doble tributación con Chile, tendría una carga total de impuestos de un 35%, dado que tienen derecho a usar como crédito el 100% del impuesto de primera categoría pagado por la empresa. Mientras que el mismo negocio llevado por inversionistas locales podría tener una carga total de impuestos de hasta un 44,45%, dado que el crédito solo asciende a 65% en el sistema parcialmente integrado.
«Una simplificación interesante hubiera sido dejar un único sistema general de impuestos, en que se pudiera siempre utilizar el 100% del impuesto de primera categoría como crédito», señalan.
KPMG: precisar norma antielusión
Francisco Lyon, socio principal de Tax&Legal de KPMG, también comenta las consecuencias que puede tener la obligatoriedad de permanecer en el sistema semiintegrado. Según las estimaciones de Hacienda, esto se aplica a un universo de 49 mil empresas. «Esto implicará que habrá un grupo de contribuyentes quienes hasta la fecha visualizaban el régimen atribuido como opción, y que al no poder optar por él por no cumplir con tales requisitos se verán afectados con una tasa impositiva mayor», señala.
En relación con la norma antielusión, indica que es importante consensuar que si lo que se persigue es sancionar más eficazmente el abuso de la normativa tributaria, o bien derechamente impedir que los contribuyentes opten entre caminos tributarios más ventajosos. Esto, bajo ciertos supuestos en que el ahorro impositivo es importante en la decisión, en ausencia absoluta de todo tipo de abuso, respetándose directa e indirectamente la normativa.
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