Diversos ajustes al proyecto de ley que busca simplificar el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones tributarias presentaron ante la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados los economistas Rosanna Costa, subdirectora de LyD, y Bernardo Fontaine, junto a representantes de la pequeña minería, de organizaciones de base de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y del sector inmobiliario.
La sesión fue encabezada por el presidente de la comisión, Pepe Auth, y contó con la participación del subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco, quien señaló la disposición del Ejecutivo de introducir ajustes en el texto en casos donde se requieren precisiones.
Un tema que suscitó discusión es la retroactividad de la norma general sobre elusión. Cuando el contrato se ha firmado antes del 30 de septiembre de 2015, si está firmado y terminado, no hay retroactividad y no se puede aplicar la norma de elusión; tampoco si entre 2015 y 2018 no hay cambios en el contrato, dice Costa. No obstante, su aprensión es que hay situaciones en que el contrato debe cambiar solo por un cambio de dirección y entonces aplica la norma.
Además, la economista comentó que hay casos (como los leasing ) que son a 20 años plazo que aún sin cambios en el contrato sigue produciendo efectos tributarios y se aplica la norma general sobre elusión, quedando una norma retroactiva que no está en el espíritu del acuerdo.
Por otra parte, se faculta al Servicio de Impuestos Internos (SII) para determinar la verdadera realidad de los actos, contratos, transacciones o reestructuraciones, verificando si existe elusión tributaria en sus dos formas: de abuso de formas jurídicas y de simulación, y no es clara la diferencia entre uso y abuso de la norma, dijo Costa.
«No buscamos acciones de retroactividad», puntualizó Micco, señalando que el Gobierno está dispuesto a encontrar un lenguaje que deje a todas las partes tranquilas. Ello no obsta, agregó, que se pueda mirar acciones del pasado que, unido a acciones posteriores a la entrada en vigencia de la norma, puedan resultar en menores tributaciones que no estaban en el espíritu de la ley.
El subsecretario dejó en claro que el SII cumple la función de fiscal y no puede sancionar. Lo único que hace es presentar la situación ante un juez de los tribunales tributarios y aduaneros, por lo que no existe posibilidad de arbitrariedad.
Fontaine especificó que con la reforma tributaria de 2014 el crédito quedó en 65% para el Sistema Parcialmente Integrado y se cambió el orden de retiro de las utilidades, retirándose primero las últimas utilidades (gravadas con una tasa más alta). Su propuesta es volver al retirar primero las utilidades más antiguas con 100% de crédito.
Según Micco, son dos sistemas distintos, donde en el de renta atribuida (tasa de 25%) la empresa paga inmediatamente los impuestos correspondientes similar a pagos provisionales y en el parcialmente integrado la empresa paga una parte al comienzo, que es el impuesto de primera categoría por las utilidades (27%) y el resto, cuando hay retiro de los socios, pero al final ambos sistemas tienen un pago que en promedio es igual.
Fuente: Economía y Negocios. 05 de enero de 2016. Por Lina Castañeda.
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