Una muy buena evaluación tiene el Ministerio de Hacienda sobre la aplicación de la Reforma Tributaria en 2015, ya que los ingresos por algunos capítulos fueron mayores a los previstos en el informe financiero original.
Uno de ellos, con datos preliminares, fue la aplicación de una tasa preferencial para liquidar el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) de 32%, o un poco menor si los dueños de este fondo eran personas naturales. “Teníamos pensado recaudar $ 61 mil millones y recaudamos $110 mil millones, es decir, casi el doble. Para nada fue una medida que no funcionó como se ha dicho, el prepago fue más exitoso de lo esperado”, indicó el subsecretario de la cartera, Alejandro Micco.
La autoridad señaló que 1.769 contribuyentes se acogieron a este pre pago, de los cuales 1.495 son personas jurídicas y 274 personas naturales. Esta ventana, explicó Micco, estaba pensada básicamente para empresas más pequeñas e incluso la legislación establecía que las firmas que se cobijaban en el 14ter, definido para Pymes, debían liquidar su FUT.
En el proyecto de simplificación se consideraron dos cambios al respecto. El primero es mantener esta puerta abierta hasta 2017 a los contribuyentes que aspiren a regularizar su FUT. El segundo, es que las empresas del 14 ter podrán tener 5 años para pagar el impuesto correspondiente si no se acogen a la tasa especial de 32%, que en muchos casos les puede resultar más baja.
“Además había un aspecto técnico: si alguien hacía el prepago del FUT hasta 2015, qué pasaba con el FUT que podía crear en 2016 y 2017, ese FUT le taponeaba la plata que tenía prepagada y se producía el problema de FUT posteriores que impedían sacar inmediatamente ese dinero. Por ello, para que fuera más factible, decidimos dejar toda la transición con este beneficio”, acotó el subsecretario.
Otro tema cuya aplicación superó las expectativas de Hacienda fue la declaración de capitales en el exterior: “Su implementación fue impecable, la recaudación de US$ 1.500 millones fue mucho más alta que lo esperado de US$ 150 millones, y se aumentó la base tributaria en más de US$ 20.000 millones, cuyas utilidades después pagarán impuesto en Chile. Fueron 7.200 contribuyentes”, puntualizó.
¿Creen que se declaró gran parte de lo que estaba afuera?
Es imposible saber eso. Nosotros pensábamos que había un rango no declarado entre US$ 5.000 millones y US$ 30.000 millones, los US$ 20.000 millones que llegaron están dentro del rango. Sí tenemos certeza que muchos contribuyentes querían regularizar su situación por las nuevas regulaciones a nivel mundial.
¿No habría sido necesario ampliar el plazo?
Esta fue una política hecha bajo las mejores directrices de la OCDE y debe ser acotada, por un período predefinido, con las condiciones de seguridad, transparencia de la información y con un chequeo de dónde vienen los dineros. Un año es un plazo más que suficiente, no había razón para ampliarlo. Estas medidas son muy excepcionales.
DEFINICIONES FRENTE A LOS TEMAS MÁS DEBATIDOS DEL PROYECTO
Durante la primera semana de tramitación del proyecto de simplificación tributaria hubo dos temas que causaron debate entre los legisladores, a los cuales se refiere el subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco.
Silencio administrativo que se entiende como rechazado cuando el SII no responda en el plazo planteado a dudas sobre si una operación es elusiva o no:
“Aquí no hay blanco o negro. Que el silencio administrativo signifique que algo se aprueba tiene el punto en contra, ya que la experiencia de otros servicios indica que cuando ha llegado la fecha y el funcionario no tuvo el tiempo para hacer el análisis profundo, prefiere rechazar; porque si aprueba queda con una responsabilidad. Entonces si el silencio del SII es rechazo, se puede pensar que no se alcanzó a ver. No es tan obvio cuál silencio favorece más al contribuyente”.
Consejo consultivo del SII para determinar el inicio de acciones legales:
“Los consejos más independientes son la mejor práctica en la OCDE cuando la decisión de la sanción la adopta este organismo, pero en Chile la sanción no la toma el SII, sino que los Tribunales Tributarios, un juez. El SII sólo hace la querella. Habíamos planteado este consejo para llevarlo al ámbito legal en vez de que fuera una circular, pero no fue apoyado, y como no es de vida o muerte no vamos a reponer la indicación.
Fuente: Pulso. 18 de enero de 2016. Por Miriam Leiva.
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