JORRAT: LA REFORMA DE PIÑERA SOLO BUSCA LA INTEGRACIÓN DE LAS RENTAS EMPRESARIALES.

En entrevista a Pulso, el día de hoy 10 de septiembre de 2018, Michel Jorrat, ex Director del SII durante la Administración Bachelet,  criticó duramente la reforma propuesta por la administración Piñera. El juicio general de la reforma: «Aparentar que se está simplificando, modernizando y apoyando a la PYME, cuando lo único real es la integración. Eso es lamentable.»

Simplificación: Se mantienen los mismos registros de hoy: RAI, DDAN, REx y SAC. “es un reordenamiento de las normas, para hacer aparecer como que están creando un régimen único.”

Régimen Atribuido: el régimen atribuido se mantiene, pero se le cambia el nombre a “de transparencia”.

Impuesto a las operaciones en internet: Jorrat señala «Me gusta la facultad que se da al SII para que pueda retener los impuestos a través de las tarjetas bancarias. Pero lo que no me gusta es que se graven con un 10 %, cuando esos servicios están afectos a IVA, que es un 19 %.»

Beneficio para PYME: “…(la regulación de las PYME) tiene dentro cuatro sistemas y la única diferencia importante es que el semiintegrado pasa a ser integrado.” En efecto, “…dentro de la cláusula PYME metieron el equivalente al 14 ter; el equivalente a la renta atribuida y además crearon dos opciones: un 14 ter con contabilidad completa y una nueva renta presunta que será fuente de muchos abusos.”  Para Jorrat esta modalidad permitirá evadir de la siguiente forma: un empresario grande crea una sociedad de su mismo rubro (empresa ficticia)  y le transfiere ingresos por 10.000 UF y ningún gasto desde su empresa productiva (empresa real). En la empresa ficticia se aplica el margen presunto, determinado estadísticamente por el SII, por ejemplo un 20%, pero en la empresa real, se aprovecha el gasto por 10.000 uf, ahorrándole un 27 %, es decir, 2.700 UF, y este monto trasladado a la empresa ficticia va a pagar solo el 25 % del 20 % de los 10.000 , es decir, el 25 % de 2.000 UF, que es igual a 500 UF. Simultaneamente esos 10.000, significaron en la otra sociedad un ahorro de 27 % de 10.000, esto es, un gasto tributario de 2.700. El diferencial de pérdida para el Fisco sería de 2.200 UF.

Recaudación por Boleta Electrónica: «La BE no va recaudar nada, está sobreestimado.» y agrega «Con las BE no hay ningún mecanismo que permita elevar la recaudación porque ahí la evasión consiste en no dar boleta. Y si no se da boleta en papel, tampoco va a dar la BE.»  En el caso de la factura electrónica hay contraposición de intereses, la que no existe en el caso de la boleta.

Pulso. Cl (extracto)  10.09.2018. página 14 y 15.

Fuente: El Pulso

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