Comparación Internacional de Tribunales Tributarios

Expertos advierten que en países desarrollados los tribunales no sólo son independientes de la autoridad, sino que también son altamente especializados en materia de impuestos.

Expertos también critican que en el país no existen tribunales especializados para ver conflictos entre el Servicio de Impuestos Internos (SII) y los contribuyentes.

DANIEL GARCÍA y NICOLE KELLER

En muchas áreas, a la hora de hacer comparaciones, Chile se mide de igual a igual con países desarrollados. Sin embargo, hay un tema en el que nuestro país está aún varios escalones atrás: su justicia tributaria.

Ésta es la principal conclusión a la que llegan expertos tributarios, quienes resaltan que la gran diferencia que tiene Chile con la tendencia internacional es que, en la primera instancia legal, el Servicio de Impuestos Internos (SII) actúa como juez y parte frente al contribuyente. Sólo después de ese paso, el caso llega a la Corte de Apelaciones.

Asimismo, advierten que en países desarrollados los tribunales no sólo son independientes de la autoridad, sino que también son altamente especializados en materia de impuestos, lo que «descongestiona» de casos las instancias superiores de justicia.

Juan Pablo Cabello, abogado de Ernst & Young, explica que en la mayoría de los países existe una primera instancia de reclamación administrativa, y no con carácter de tribunal, como ocurre en Chile, donde incluso actúa un juez tributario que es un funcionario del SII.

Cabello detalla que en países como Argentina y México, junto con el reclamo administrativo, el contribuyente puede acudir directamente a un juicio en un tribunal que depende del Poder Judicial y que es especializado.

«En el caso de Perú es distinto. La primera instancia es como en Chile. Si al contribuyente le va mal, puede pasar a un tribunal fiscal, que es una entidad que depende del Ministerio de Economía. Recién después se pasa a la Corte de Apelaciones, que depende del Poder Judicial», dice.

En España, el contribuyente puede interponer un recurso de reclamación administrativo ante el SII, pero esta instancia no tiene carácter de juicio. Si pierde, está la opción de presentar un recurso ante el tribunal económico administrativo, que depende del Poder Ejecutivo.

«Estos tribunales económicos administrativos son independientes del SII. Después viene la etapa del Poder Judicial», dice Cabello.

Loughlin Hickey, Socio Global de KPMG en temas tributarios, señala que en EE.UU., ante un problema con la autoridad tributaria (IRS), el contribuyente primero trata de llegar a un acuerdo con el auditor local del IRS. En caso de no prosperar, se acude a un proceso de apelación, donde el oficial a cargo del proceso también es un empleado del IRS. «Si el contribuyente no está conforme con la resolución, entonces tiene dos opciones. Una es acudir a una corte general, y la otra es ir ante una corte especializada en el tema de impuestos», señala.

Hickey advierte que los países que quieren avanzar más en reducir la burocracia le otorgan mayores atribuciones de negociación a la autoridad tributaria correspondiente. Esto, con el fin de evitar que todos los litigios se terminen resolviendo en las cortes de justicia.

Esto contrasta con lo que ocurre en Chile, donde el rango de acción del SII sólo se limita a «negociar» con el contribuyente el pago de multas e intereses, pero no puede transar en el pago del impuesto mismo.

Norberto Rivas, tributarista de la Universidad de Santiago, comparte esta visión, y cita como ejemplo Holanda, donde la autoridad puede llegar a acuerdos para fijar los precios de transferencia. «Se ponen de acuerdo en la base imponible, pero la tasa no se cambia», dice.

En cuanto a la situación actual de la justicia tributaria chilena, Rivas señala que el SII ha dado buenas señales, ya que adoptó un «manual» similar al que utilizan en Canadá; esto es, que exista una suerte de decálogo con los derechos de los contribuyentes.

«Hace algunas semanas el SII emitió una circular a sus funcionarios que va en esa línea», afirma Rivas. El experto explica que, por ejemplo, en Chile los funcionarios del SII no tienen plazos claramente definidos para revisar los antecedentes que solicitan de los contribuyentes, lo que sí está definido en otros países.

Proyecto de ley

Los expertos coinciden en que, a la hora de hablar de cambios en la justicia tributaria, lo más importante es que los tribunales que resuelvan sean especializados e independientes del SII. Durante el gobierno del ex Presidente Ricardo Lagos, el Ejecutivo envió un proyecto que buscaba crear tribunales tributarios independientes. La iniciativa lleva tres años en trámite en el Congreso, y tras fuertes cuestionamientos del sector privado, la actual administración incorporará esta semana cambios sustanciales. Sin entrar en detalles, el ministro de Hacienda, Andrés Velasco, señaló que el objetivo es contar con instituciones modernas, ágiles e independientes. «En lo fundamental, queremos crear instituciones que sean transparentes, y evitar que el SII sea juez y parte en las causas», explicó hace algunos días.

DIFERENCIA

LA GRAN diferencia de Chile con la tendencia externa es que en la primera instancia legal, el SII es juez y parte.Lunes 25 de septiembre de 2006

Juicios por impuestos:
Comparación internacional: en Chile justicia tributaria carece de independencia

Daniel García, Nicole Keller

El Mercurio

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