LAS NUEVAS DECLARACIONES JURADAS DE LA REFORMA TRIBUTARIA

LAS NUEVAS DECLARACIONES JURADAS DE LA REFORMA TRIBUTARIA

Uno de los aspectos menos nombrados dentro de la Reforma Tributaria han sido las declaraciones juradas. Sin embargo, los cambios a la legislación que se están implementando suman varios nuevos documentos a llenar, a la ya extensa lista de formularios existentes, que superan los 50.

Por lo mismo, Bernardo Marchant, socio de consultoría tributaria de EY, aclara las implicancias de estos cambios.

Una de las declaraciones más importantes es la 1925, que dice relación con las empresas que se acogen al régimen 14 ter a. En ésta, se debe informar en un recuadro del formulario 22 los datos consolidados del FUT (Fondo de Utilidades Tributables). Según explica Marchant, “ahora lo que están solicitando es un registro detallado con la información que contiene el registro del FUT, el Fondo de Utilidades no Tributables (FUNT), y el fondo de utilidades financieras, que es el control de depreciación acelerada normal que se usa para fines tributarios”.

Agrega también que esta declaración en particular podría generar “bastante preocupación, pues estas declaraciones se van a cruzar con la información del formulario 22; con las declaraciones del fondo de dividendos y retiros, entre otras”.

A raíz de estos cambios, Marchant asegura que “esta declaración jurada va a ser el punto de partida para el 2017, cuando tengamos los regímenes atribuido y parcialmente integrado en operación, porque estos son datos iniciales que van a alimentar a los nuevos registros”.

Otra de las nuevas declaraciones es la 1926, que elimina la declaración jurada 1910, que informaba las diferencias tributarias financieras en el cálculo del resultado tributario de las empresas, y la 1846, en la cual los contribuyentes debían informar el detalle de los cálculos de renta líquida imponible y algunos datos de balance, para unirlos en una sola, aclara Marchant.

La importancia de esta nueva declaración 1926, según destaca el experto, es que “estos datos servirán  para la evaluación de riesgo de los clientes. Esta información es muy valiosa para efectos de listar, estratificar y ver comportamientos erráticos, como también para establecer soportes de fiscalización”.

En tanto, la última declaración jurada, la 1927, regula principalmente a las productoras, porque controla a las empresas que contratan a trabajadores de arte y espectáculos con fines provisionales.

Cambios con el proyecto de simplificación

Dentro del proyecto de simplificación tributaria que se analiza en la Cámara de Diputados, se introdujeron cambios a algunas declaraciones y plazos.  Es el caso de la declaración jurada 1854, que es una exención a los contribuyentes que realizan pagos en el exterior, como por ejemplo los exportadores que deben pagar fletes, publicidad, asesorías, etc.  Muchos contribuyentes no informaban estos movimientos, razón por la cual el SII podría sancionarlos, ya que es una declaración obligatoria.

Por ello, en la modificación que está actualmente en el Congreso esta situación cambiaría y se permitiría a las personas corregir hacia atrás hasta 3 años las declaraciones presentadas, con el fin de no ser multados para efectos de regularizar el beneficio.

Marchant asegura que “si bien se tiene la obligación de informar, no es requisito perentorio, y se puede presentar la información a destiempo, a medida que la ley se modifique”.

En relación al FUT, también existirían cambios con este nuevo proyecto de simplificación, pues estos fondos ya no se deberían retirar en orden cronológico. El texto en el Congreso dice que se puede tomar todo el FUT, aplicar el impuesto correspondiente según la tasa de 32% o promedio, y se puede retirarlo cuando quiera y en cualquier orden. “Esto uno lo mira con otros ojos, porque es más atractivo, sin perjuicio de los contribuyentes que se acogieron este año y respecto de ellos hay que evaluar qué efectos genera el cambio que viene en el proyecto” expresa Marchant.

Finalmente asegura que en las nuevas declaraciones “los contribuyentes se tienen que preocupar lo suficiente de tener información de calidad y bien estructurada, ante la posibilidad de que los llamen y pregunten qué es lo que contienen. Como éstos son los saldos que van a alimentar los próximos regímenes el 2017, el SII va a estar mirando de manera muy prolija que estos sean los que corresponden. Actualmente los clientes no se preocupan mucho de manejar información de calidad respecto a los registros de FUT”.

Fuente: Pulso. 28 de diciembre de 2015. Por Pierina Bertoni.

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