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Toro sugiere más Factura electrónica para frenar Fraudes

La aparición de facturas falsas en el rendimiento de gastos de campañas políticas causó justificada consternación. Lo que la opinión pública ignora es que las facturas falsas, principal mecanismo usado para evadir el IVA, constituye un problema mayúsculo, no sólo en Chile, sino a nivel mundial. En mi experiencia como Director del SII, me tocó patrocinar cerca de 700 querellas por delitos tributarios, sólo por este concepto. Lo que hemos conocido recientemente es un episodio de un problema de ribetes mucho más profundos. En Chile se utilizan alrededor de 300 millones de facturas al año, que la ley exige estén previamente timbradas por el SII. Este elevado número, que crece conforme la economía se expande, hace que la factura falsa sea un problema siempre latente, no sólo para el cumplimiento del IVA sino también para el desarrollo de negocios. Por ello, el combate a las facturas falsas fue una prioridad en el SII en los últimos años. El conjunto de medidas adoptadas, y que incluyó entre otras la creación de la fiscalía anti-facturas falsas el 2001, permitió reducir la evasión del IVA de un 20% el 2000 a cifras en torno al 14-15% el 2005, porcentaje este último similar al estimado para países como Inglaterra. Pero la lucha contra la evasión es costosa y menos eficiente sin cambios radicales en la gestión institucional. Por ello, el SII decidió hacer una completa reingeniería del sistema, y, en alianza con el sector privado, introdujo en el 2003 la e-factura en reemplazo de la factura de papel. La e-factura otorga la ventaja crucial de poder verificar su validez en www.sii.cl. Este cambio constituyó un golpe de timón para el cumplimiento de un trámite tributario y, más importante aún, para introducir una reforma microeconómica de alto impacto en la productividad y competitividad de las empresas. Su masificación la llevará a transformarse en la...

34 Meses de Información Tributaria Cumple Nuestro Sitio

Desde marzo del año 2004, 34 meses de labor, 50.000 visitantes y más de 300.000 páginas visualizados sólo durante el año 2006, son el reconocimiento de nuestros lectores a este...

Director retrocede y reabre discusión sobre elusión

Director del SII retrocede y reabre discusión sobre la elusión Entrevista a Ricardo Escobar Director del Servicio de Impuestos Internos. Teatinos 120 es una dirección bien conocida – y probablemente temida – por un gran número de chilenos. Es aquí, en las dependencias centrales del Servicio de Impuestos Internos, donde se toman las implacables decisiones que marcan a fuego la vida profesional y comercial del país. Al mando de este buque, el abogado y académico de la Universidad de Chile, Master en Derecho de la Universidad de California en Berkeley y ex miembro de la Comisión Tributaria del Colegio de Abogados, Ricardo Escobar Calderón, rompe todos los esquemas. Porque es joven, llano y sencillo, porque viene del mundo privado y ahora posiblemente le toca fiscalizar a ex clientes del estudio profesional con quienes ayer trabajaba. Y no deja de ser una paradoja que desde marzo de este año dirija una institución a la cual él muchas veces criticó en un pasado reciente. Además, le tocó asumir el cargo de director en un periodo especialmente conflictivo, como fue el del alza de las contribuciones de bienes raíces. Vestido con ropa casual, con un pantalón negro y una camisa de finas rayas verdes – hoy son los viernes informales, que él ha instaurado en el Servicio -, cuando le preguntamos por qué dejó su oficina anterior, de la cual era socio, para meterse en la pata de los caballos, dice que «si te invitan a ayudar en el Gobierno y a hacer algo por el país, es difícil decir que no». Pero además hubo otro argumento poderoso que lo impulsó a aceptar: la oportunidad de continuar una labor que ya venía realizando desde el año 90, como asesor en legislación tributaria de los sucesivos gobiernos de la Concertación. Sobrino del ex Presidente Ricardo Lagos Escobar, casado y padre de dos hijos...

Corte Suprema: miembros y valores

La dispersa votación de la última quina para ocupar la vacante que dejó la ex ministra María Antonia Morales, dejó en evidencia el reacomodo de fuerzas en la Corte Suprema, que este año renovó a siete integrantes. El recambio permitió el ascenso de los ministros Margarita Herreros, Hugo Dolmestch, Juan Araya y Héctor Carreño, y la incorporación de los abogados externos Patricio Valdés y Pedro Pierry. Y aunque todavía no asumen como supremos Carreño y Pierry, el alza y baja en los votos de los ministros que figuran en la quina y los nuevos nombres dan cuenta de la rearticulación de tendencias en el máximo tribunal de la era Bachelet, al que le esperan otros siete cambios, dos el próximo año, cuatro en 2008 y uno a principios de 2010. Los recién estrenados supremos son en su mayoría católicos. Sólo dos de ellos son masones, sumando un total de siete vinculados a esa corriente de pensamiento en la Corte Suprema. Eso podría explicar la notoria baja en la votación que obtuvo la ministra Dobra Lusic, a quien se señala como cercana a sus pares masones. En la quina anterior, ella logró cuatro votos y en la última, sólo una preferencia, quedando fuera de la quina. Por el contrario, la ministra Sonia Araneda irrumpió en la nómina de la semana pasada con siete votos, mientras que en otras anteriores alcanzó nada más que un voto. La escasa presencia femenina en la Corte Suprema, considerando que desde que en 2001 fue nombrada la primera mujer, María Antonia Morales, sólo se ha sumado la ministra Margarita Herreros, podría determinar que se opte por nominar a una mujer por segunda vez. En ese escenario, la ministra Araneda se convertiría en una seria competidora de la ministra Gabriela Pérez, quien ha figurado en una decena de quinas, la mayoría de las veces con la...

Transparencia en el Sector Público

Quizás los buenos resultados en las evaluaciones sobre corrupción impidieron aquilatar la amenaza para el país que, con toda claridad, anunciaban los problemas de falta de transparencia. JUAN ENRIQUE VARGAS VIANCOS Director Ejecutivo Centro de Estudios de Justicia de las Américas Mejorar la transparencia en el funcionamiento del Estado es el eje en torno al cual giran las medidas anunciadas por la Presidenta de la República para abordar los problemas de corrupción. Enfatizar ese factor parece lo correcto. Hace ya tiempo, Klitgaard formalizó una ecuación que permite comprender y dimensionar los problemas de corrupción en una sociedad o una institución: el grado de corrupción es función del carácter monopólico de determinada tarea, más el nivel de arbitrio existente para ejercerla, menos el grado de responsabilidad. Así, mientras menor sea la competencia, mayores los niveles de discrecionalidad y menos eficientes los sistemas de control, habrá niveles de corrupción más altos. Esta fórmula evidencia que el diseño institucional concreto es muy relevante para detener la corrupción. Sin embargo, algunos cambios en este nivel son muy complejos de abordar e, incluso, hay áreas que no parece posible evitar del todo, como el carácter monopólico de una función pública. Incluso cuando se logran las transformaciones legales requeridas, su implementación es un desafío mayor. Pero, al mismo tiempo, hay un factor transversal que, cualquiera sea el diseño institucional que se adopte, asegura una reducción importante de los niveles de corrupción: el acceso a la información. Él constituye un requisito necesario para lograr mayores grados de competencia, disminuir el arbitrio y desarrollar mejores niveles de control. Ésas son las ventajas de la transparencia. El caso chileno es sintomático. Todos los indicadores internacionales existentes muestran que los problemas de corrupción, en términos relativos, no han sido tradicionalmente significativos. Eso muestra el Índice de Transparencia Internacional, que este año sitúa a Chile entre los 20 países menos...

6,5 % de contribuyentes se acoge a condonación

«Hay problemas con personas que tienen sociedades distintas, que en la suma les aparece un monto de deuda superior (al establecido por la medida)», explican. EDUARDO OLIVARES C. Fue presentada como una de las medidas de efecto inmediato más importantes del Plan Chile Compite del Ministerio de Hacienda. Pero está a punto de fracasar. El instrumento que condona parcialmente las multas e intereses por deudas tributarias, con que el Gobierno proyectaba cubrir al 82% de un universo de 362 mil deudores, apenas ha beneficiado al 6,5%, cuando ya se ha cumplido la mitad del plazo establecido por las autoridades para acceder al beneficio. De acuerdo con datos de la Tesorería General de la República, entre el 31 de julio y el 31 de octubre, 23.353 deudores negociaron una repactación de sus obligaciones atrasadas con el fisco, por un monto total de $ 30.833 millones (unos US$ 58 millones). Las principales beneficiarias serían las pequeñas y medianas empresas (pymes). Con el nombre de «Facilidades para el cumplimiento tributario», esta medida figura en el puesto número 1 del Plan Chile Compite, lanzado por el ministro de Hacienda, Andrés Velasco, el 19 de julio. «De un total de 362 mil deudores, estimamos que un 82% -es decir, casi 297 mil deudores- podrán ser beneficiados con una reducción de hasta un 80% de las multas e intereses acumulados», declaró Velasco al presentar su programa. Aunque la iniciativa -traducida en una resolución de Tesorería publicada el 28 de julio- fue bien recibida por el sector privado, éste la consideró insuficiente, sobre todo porque existe la facultad para condonar hasta el 100% de multas e intereses. Pocas expectativas Ante el actual riesgo de fracaso de ese instrumento, el abogado tributarista Franco Brzovic, socio principal del estudio Pérez Donoso y asesor de la CPC, recuerda que «se anticipó que la rebaja era de poca monta y...

Altas Autoridades con Inversiones No Justificadas según Etcheberry

-Usted reveló que parlamentarios, ministros y subsecretarios fueron sancionados por el SII por utilizar dineros de gastos reservados en actividades personales. ¿Por qué no se dieron a conocer públicamente esas sanciones? «Cuando fui director del SII hubo parlamentarios que no pudieron justificar de dónde habían sacado sus ingresos para comprar una casa o un auto». -¿Pero se dio siempre durante los doce años que ocupó el cargo? «Mucho antes de que yo llegara se cruzaban los datos de las declaraciones de impuestos con las compras de autos, los viajes, las compras de casa. Siendo director, miraba las declaraciones de impuestos de algunos parlamentarios. No cuadraban con las inversiones que habían hecho. Le pasábamos una multa, tenían que pagar todos los impuestos que debían por rentas no declaradas». -Las sanciones no se publicaron. «Es que jamás estas sanciones son públicas, lo que es público es cuando hay una querella. Si la persona es sorprendida en algo y paga los impuestos que debe, ¿por qué debe saber el resto de la sociedad que se equivocó?» -¿Por qué no da los nombres? «¡Jamás! Tendría que dar el nombre de todos los contribuyentes que alguna vez tuvieron algún problema con Impuestos Internos. ¡Jamás!». El Mercurio, 7 de noviembre de 2007. Extracto Comentario de www.derechotributario.cl: Las inversiones no justificadas se producen por la diferencias entre lo que el contribuyente invierte en casas y otros bienes y lo que declaró haber percibido en su declaración de impuestos, para el mismo período. Así, si el contribuyente adquirió una viviendia de $ 100 millones al contado y sus ingresos declaradas para el mismo año fueron de $ 30 millones, existen $ 70 millones que el SII le va a exigir que pruebe que han pagado todos sus impuestos y si ello no ha ocurrido, le cobrará los impuestos adeudados, mas sus reajustes, intereses y multas. La regulación...

Proyecto Escobar rediseña Tribunal Tributario

Por indicación de fecha 30.10.2006., el poder Ejecutivo reemplazó el proyecto de Tribunales Tributarios que data de 2002, también denominado Proyecto Baraona-Brzovic, por un proyecto nuevo y totalmente diferente. El Boletín Nº 3139-05, da cuenta de un Tribunal Tributario independiente, de un procedimiento racional y bien estructurado e, incluso, crea un proceso de protección contra arbitrariedades del SII, similar al Recurso de Protección actual. Entre las varias novedades, reune la jurisdicción aduanera con las jurisdicción en tributación interna y regula con claridad la reconsideración administrativa, exige patrocinio de abogado y la apelación en relación a solicitud de parte en Segunda Instancia. Se trata de un proyecto bien concebido, incluso audaz en su formulación, por el cual hay que felicitar a la nueva administración del Servicio de Impuestos Internos. derechotributario.cl reflexión...

La propuesta anticorrupción de Etcheberry para el Estado

Finalmente, quisiera reiterar sobre la base de mi experiencia de 16 años en el servicio público, que la mejor forma de reducir drásticamente la mediocridad, el clientelismo y las irregularidades es el avanzar decididamente en la modernización del Estado. Para ello hay que perfeccionar las leyes aprobadas en enero de 2003 en el gobierno del Presidente Lagos: Concursar todos los jefes de servicios por el sistema de Alta Dirección Pública, subirles sus remuneraciones para que así postulen los mejores candidatos del país y darles una mayor estabilidad en sus cargos, para que actúen más autónomamente. Javier Etcheberry Celhay Cartas al Director El Mercurio...

Pérdida de Libros de Contabilidad: nueva ley

El pasado 18 de octubre se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.125 que sustituye el N° 16 del artículo 97 del Código Tributario referido a la infracción tributaria consistente en la pérdida o inutilización no fortuita de libros de contabilidad o documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables o que estén relacionados con actividades afectas a cualquier impuesto. Con esta modificación legal se sustituye en primer lugar la base de cálculo de la multa asociada a esta infracción tributaria la cual podrá fijarse entre 1 UTM ($ 32.303.-) a 20 UTA ($ 7.752.720.-), la que sin embargo no podrá exceder del 15% del capital propio que para estos efectos será el definido por el artículo 41 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta vigente la inicio del año comercial en que ocurra el extravío o inutilización de la contabilidad. Para los contribuyentes que no determinen capital propio o si aquel es negativo, la multa anterior podrá ser de media UTM ($ 16.152.-) hasta 10 UTA. ($ 3.876.360.-) La nueva normativa al igual que la anterior contiene una presunción legal de pérdida no fortuita que sin perjuicio de admitir prueba en contrario opera cuando se detecte o se de aviso al Servicio de Impuestos Internos (SII) de la pérdida o inutilización de los documentos contables con posterioridad a una notificación u otro requerimiento del ente fiscalizador que guarde relación con esos antecedentes contables, caso en el cual además se aplicará una multa adicional. Asimismo, cabe señalar que se mantiene la obligación de dar aviso al SII de toda pérdida o inutilización, bajo pena de multa y también se ha mantenido el efecto suspensivo en la prescripción de la acción fiscalizadora hasta el momento en que los libros reconstituidos queden a disposición del SII. Con esta nueva disposición legal se elimina formalmente la facultad...

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