Publicado en Dic 14, 2006
De las cerca de 350 mil mipymes que emiten facturas, sólo 1.442 están en condiciones de tributar en esa fecha (día 20 de cada mes), pues facturan vía electrónica. Fernando González M. Había sido “lanzada” como una de las grandes medidas para mejorar el flujo de pagos de las mipymes y así lo había entendido el sector privado, que consideró como un alivio tributario el cambio en la fecha de pago de los impuestos mensuales desde el día 12 hasta el 20 de cada mes. El principal argumento para este nuevo plazo fue que permitiría repartir los principales gastos, dejando los sueldos para fin de mes, el pago previsional para el 10 y los impuestos para el 20, para quienes hiciesen el trámite por Internet. Sin embargo, a poco andar las dudas comenzaron a asomarse, sobre todo cuando el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la normativa en la que, además de exigir la declaración y pago por Internet, agregó el requisito de emitir facturas electrónicas por cuenta propia o a través del portal para la mipyme con que cuenta. (En el caso de los contribuyentes de Segunda Categoría, deben emitir boletas de honorarios electrónicas). De acuerdo con datos entregados en el SII, sólo hay 2.646 empresas que cumplen con el requisito de facturar vía electrónica, de las cuales 1.442 (54,5%) son mipymes que operan a través del portal institucional y el resto, empresas más grandes que lo hacen con otros proveedores del servicio. Si consideramos que existen 350 mil mipymes que emiten facturas y que sólo 1.442 lo hacen de manera electrónica, sólo 0,4% de este segmento accede al beneficio del gobierno. Uno de los más molestos con estos “cambios sobre la marcha” es el presidente de la Confederación Nacional de la Pyme, Andrés Ovalle, quien sostiene que la medida “terminó favoreciendo a las grandes empresas” porque las...
Comentarios recientes