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Interpretación Tributaria Jornadas 11/12 de mayo.

Estimadas y estimados colegas, adjunto la difusión de la Primera Jornada de Tributación y Derecho Tributario para reenviar y/o para que se inscriban:  – En este link esta la web con la url jornadas.estadodiario.com  – En este link está el video Este trabajo dio origen a un libro, cuyo lanzamiento se hará en la Jornada. También en el  sitio...

Debate Tributario: nuevo libro.

Dedicado a la Interpretación Tributaria es el nuevo libro de Thomson Reuter, producto del Congreso de Derecho Tributario, organizado por la Universidad Católica de Valparaíso y coordinado por los Doctores en Derecho, profesores Antonio Faúndez y Francisco Saffie. Entre los autores se encuentran Lucía Bolaños, Alejandra Czollak, Sergio Endress, Marcelo Espinosa, Pablo Góngora, Florencia Larraín, Eduardo Iribarra, María Pilar Navarro, Alvaro Magasich, Rafael Mellado y Felipe Yañez. Los temas tratados son: «LA CLÁUSULA GENERAL ANTIELUSIÓN Y LA INTERPRETACIÓN FUNCIONAL DEL DERECHO TRIBUTARIO”, de Francisco Saffie; LA CONSULTA TRIBUTARIA Y LA INTERPRETACIÓN ADMINISTRATIVA EN LOS CASOS DE ELUSIÓN FISCAL: ¿ UNA REDUNDANCIA NORMATIVA DEL LEGISLADOR? LA INTERPRETACIÓN ECONÓMICA, UN ANÁLISIS CRÍTICO; Y LA PROBLEMÁTICA DE LOS TÉRMINOS JURÍDICOS USADOS EN EL DERECHO TRIBUTARIO, SU SIGNIFICADO PROPIO Y RECURSO HERMENÉUTICO TELEOLÓGICO LA NECESIDAD DEL GASTO TRIBUTARIO EN LA CONSTITUCIÓN Y LA CONTABILIDAD, de Sergio Endress. EL IMPACTO DE LA CLÁUSULA GENERAL ANTIELUSIVA EN LA INTERPRETACIÓN ADMINISTRATIVA-TRIBUTARIA DE ENTIDADES E INSTRUMENTOS FINANCIEROS HÍBRIDOS LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LA LEY TRIBUTARIA COLOMBIANA: UNA PERSPECTIVAS DESDE JORGE STREETER  La interpretación constitucional de las disposiciones tributarias, de Eduardo Iribarra. DE LAS NORMAS DEL CÓDIGO CIVIL AL BLOQUE DE DERECHOS FUNDAMENTALES: UNA NUEVA FORMA DE INTERPRETAR LA LEY PROCESAL TRIBUTARIA CREACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA MEDIANTE INTERPRETACION ADMINISTRATIVA CON ACUERDO DEL CONTRIBUYENTE Y SU CONSTITUCIONALIDAD  INTERPRETACIÓN EXTENSIVA DEL DERECHO TRIBUTARIO Y LA PROHIBICIÓN DE APLICACIÓN DE LA LEY POR ANALOGÍA DERROTABILIDAD Y LEY TRIBUTARIA: DELIMITACIÓN, ALCANCES Y VIABILIDAD COMO HERRAMIENTA DE ANÁLISIS DE LA PRAXIS JURISDICCIONAL LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY TRIBUTARIA Y EL HECHO IMPONIBLE, de Antonio...

Propuesta Tributaria de PPD para crisis social 21/10/2019.

Agenda de Reformas Sociales a Cinco Años. 1. Una Nueva Arquitectura del Sistema Tributario: El Financiamiento del Pacto Social Chile tiene un nivel de deuda pública que ha aumentado en los últimos años y que permite financiar una parte de los nuevos beneficios sociales sólo por un período acotado. Además, enfrentaremos déficits fiscales relevantes en los próximos años. Por lo tanto, es imperativo y de mínima responsabilidad con las generaciones futuras y sus necesidades, aumentar, sin demora, la carga tributaria de manera gradual y progresiva. Los nuevos beneficios, en su gran mayoría, son gastos permanentes que necesitan de financiamiento permanente. Proponemos aumentar los ingresos en 5 puntos del PIB en un plazo de 5 años. Consideramos que los Poderes Ejecutivo y Legislativo deben convocar de inmediato a un grupo de expertos para que propongan en un plazo de 4 meses un anteproyecto de reforma estructural del sistema tributario. El acuerdo del Senado es un primer paso, y lo mismo el acuerdo de revisar en un plazo prudente los distintos gastos tributarios (exenciones y franquicias). Sin embargo, considerando la experiencia de los últimos años, es imprescindible un cambio de arquitectura del sistema tributario, que lo simplifique, permita recaudar más, aumente la recaudación directa (renta), y con ello la progresividad del sistema, y, en particular, asegure que el 1% de mayores recursos contribuya significativamente más. Entre las medidas a considerar se encuentran: a) Modificaciones al IVA, ampliando la base a actividades hoy no afectas (servicios) y devolviendo parte del IVA a grupos vulnerables. b) Desintegrar el sistema tributario o buscar límites a la postergación del pago de impuestos de los dividendos a efectos de emparejar el trato tributario de los ingresos del capital -hoy preferente- con el de las rentas que provienen del trabajo. c) Acotar las franquicias tributarias a las ganancias de capital para acciones y cuotas de fondos con...

Reforma Tributaria: acuerdo 2019.

Protocolo de Acuerdo Por una Reforma Tributaria para un Chile más inclusivo Santiago 08 de Julio de 2014 La responsabilidad fiscal de financiar con ingresos permanentes gastos permanentes, hace indispensable que el país cuente con una Reforma Tributaria que permita recaudar 3% del PIB y mejorar la distribución del ingreso mediante mayor equidad tributaria, todo ello en un contexto de adecuados incentivos al ahorro y la inversión. Materializar dicha reforma es una misión país, de ahí la necesidad de construir acuerdos transversales, que den sustentabilidad en el tiempo a estos cambios que favorecen a la mayoría de nuestra población. Con esa finalidad, el Gobierno de Chile, representado por el Ministro de Hacienda, don Alberto Arenas de Mesa y los integrantes de la Comisión de Hacienda del Senado, encabezada por su presidente el H. Senador Ricardo Lagos Weber y los senadores, don Juan Antonio Coloma Correa; don José García Ruminot; don Carlos Montes Cisternas y don Andrés Zaldívar Larraín, han alcanzado el siguiente protocolo de acuerdo, que representa la voluntad común de perfeccionar el proyecto de reforma tributaria, en las materias que se indica, a fin de que dicho proyecto, sea aprobado durante el mes de agosto del presente año. Estos acuerdos se materializarán en indicaciones al proyecto de ley de reforma tributaria, actualmente en segundo trámite constitucional en la Comisión de Hacienda del Senado. Para dicho efecto se constituirá un equipo técnico de trabajo con representantes de todos quienes suscriben el presente acuerdo. 1.         Sobre incentivos al ahorro e inversión. a)            Incentivo al ahorro e inversión Empresas: Además del régimen integrado con atribución de rentas que actualmente contiene el proyecto ley, con una tasa de primera categoría de 25%, más la aplicación de los impuestos global complementario (tasas entre 0% y 35%) y adicional (tasa 35%), se incorporará -con sus debidas normas de control destinadas a evitar posibles focos...

JORRAT: LA REFORMA DE PIÑERA SOLO BUSCA LA INTEGRACIÓN DE LAS RENTAS EMPRESARIALES.

Michel Jorrat sostiene que el único objetivo de la reforma de Piñera es lograr la reintegración de la tributación a las rentas empresariales.

LA REFORMA TRIBUTARIA DE PIÑERA: MUCHAS REFORMAS… I

La reforma de Piñera sugiere modificaciones importantes a la tributación del Impuesto a la Renta.  Entre aquellas de índole técnica dignas de destacarse, aparte de la reintegración y la mantención de las tasas, pueden citarse las siguientes: la conceptuación de los gastos necesarios, evitando el rechazo discrecional de ellos por el SII y de diversos conceptos utilizados en  nuestro Derecho Tributario, tales como la noción de «capital propio» y de «establecimiento permanente», entre otros. «Se trata de un esfuerzo por aportar mayor certeza en la aplicación del impuesto, lo que de debe saludarse como algo positivo», según nos indica el abogado tributarista Sergio Endress. Adicionalmente, se sugiere un impuesto a las ganancias de capital por acciones y derechos sociales de un 15 %, salvo para acciones transadas en Bolsa que mantienen sus beneficios. Estos incrementos de patrimonio, se encuentran sometidos a tributación general de hasta un 35 % para contribuyentes que no sean personas naturales o físicas, residentes en Chile. En el ámbito digital, se establece un impuesto del 10 % a los servicios digitales, según nos indica el Ministro de Hacienda, aplicable a Netflix, pero no a Uber ni a plataformas de esa índole. Hoy Netflix, esta afecto a una tasa de un 20% por Impuesto Adicional. Por su parte, Uber, Booking y las aplicaciones que intermedian servicios, seguirán sin tributación alguna por las comisiones que perciben. Se reponen los beneficios tributarios para el FUT acumulado y para la repatriación de capitales del exterior, contenidos en normas vigentes hasta antes de 2016 y dictadas por la reforma de M. Bachelet.  Finalmente, se considera el incremento de la depreciación por activos fijos, en la...

Demoledor informe del Observatorio Judicial sobre los Tribunales Tributarios

Entre el 2013 y el 2017, solamente el 9% de los reclamos tributarios presentados en el 4° Tribunal Tributario de Santiago (zona oriente de la capital con la mayor cantidad de litigios a 2018) fueron aceptados. Esta es una de las cifras del Observatorio Judicial (http://www.observatoriojudicial.org), en cuyo informe N° 12, recién publicado con el título «Tribunales Tributarios y Aduaneros: ¿problemas de expectativas?», analiza los resultados de  la litigación tributaria, mayormente,  en contra del Servicio de Impuestos Internos  en Chile. El informe plantea una correlación entre la disminución del ingreso de controversias a los TTA y la percepción de los contribuyentes sobre la imparcialidad y de las posibilidades de éxito que tienen sus pretensiones. De esta manera, atendidas ls cifras usualmente negativas para los intereses del contribuyente en los TTA, los contribuyente han disminuido su litigiosidad, y según el estudio, esto podría vincularse a la percepcion sobre la imparcialidad de esta...

Sistema Tributario Chileno es «levemente» regresivo. Empresas contribuyen más que las personas.

El sistema tributario no disminuye la desigualdad en Chile.

JORRAT SEÑALA QUE INTEGRAR ES DISMINUIR IMPUESTOS

En una entrevista de 25 de junio en el diario El Pulso (pagína 13), Michael Jorrat, ex director del SII, señala que la reintegración en las empresas aún con el alza del Impuesto Global al 40 %, «no compensa ni la recaudación ni la progresividad». Jorrat indica que simplemente los socios no declaran los retiros,  y agrega «Tenemos 35 años de historia del FUT y sabemos que eso no funciona.» Sugiere para simplificar volver al sistema de renta atribuido sin registros. En caso de querer compensarse la rebaja de la integración, sugiere eliminar las exenciones a acciones y bienes raíces, y establecer una tributación por grupo familiar, eliminándo así la elusión a través de atribir rentas a hijos en las familias adineradas. Respecto de la interposición de querellas por el SII,  para evitar cuestionamientos propone un SII autónonmo similar al modelo del Banco Central porque señala «… el tema de los cuestionamientos va a ser algo permanente y sería una forma de terminar con ellos»  y/o la regulación  de las querellas conforme la legislación española señala en forma precisa cuando...

HACIENDA HARÁ TRIBUTAR A PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS

Según el ministro de Hacienda, se estaría evaluado cobrar un impuesto a la transacción.

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