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Condonacion Johnson: La defensa del SII

«Perdonazo» de intereses y multas SII: Fisco obtuvo ganancias por casi US$ 28 millones en condonación a Johnson Pereira enfatizó que multitienda tenía 19 juicios pendientes con el SII y que este último no tenía certeza de ganar. Miriam Leiva Una larga exposición que consideró todos los escenarios que enfrentaba el fisco en la negociación con Johnson entregó el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Julio Pereira, ayer ante el Senado, señalando que tras la condonación a la multitienda el organismo obtuvo una ganancia de casi US$ 28 millones. La autoridad acudió a la sesión especial para analizar el «perdonazo» de intereses y multas por cerca de $59 mil millones a la multitienda. En una minuciosa ponencia -que fue valorada por gran parte de los parlamentarios-, Pereira recordó que Johnson tenía con el SII 19 juicios pendientes por la utilización del mecanismo de adquirir empresas con pérdidas. Esta «puerta», como lo denominó el titular del SII, permite que una compañía compre otra sociedad en quiebra del mismo rubro, lo que le da derecho a no pagar impuestos u obtener devolución por un equivalente. Citó como ejemplo -pero reconociendo que se trataba de cifras «aproximadas a la situación real» de Johnson- que una firma con pérdidas por US$ 1.200 millones tiene derecho a no pagar impuestos por renta hasta US$ 1.200 millones; o pedir una devolución por hasta US$ 240 millones. En 2011, las solicitudes de devolución por la utilización de pérdida totalizaron US$ 548 millones, por lo que el monto asociado a la multitienda habría representado casi la mitad. Pereira enfatizó que el organismo no tenía «ninguna certeza» respecto a los resultados de los juicios pendientes. A esto, se sumaba el deterioro financiero que enfrentaba la empresa y que el fisco no está en un lugar preferente para el pago de deudas. Está noveno ante una venta forzada...

Convenio Chile Argentina: efectos


Tras el desahucio que realizara Argentina del acuerdo de doble tributación con Chile, fuentes de Servicio de Impuestos Internos (SII), desdramatizaron los efectos de esta medida y señalaron que el impacto no debiera ser “potente”, ya que la legislación chilena contempla que el pago de impuestos realizados en el exterior, pueden ser utilizados como crédito en el país. En ese escenario, en materia de dividendos, que es la inversión chilena más potente en Argentina, el impacto de la derogación del tratado debiese ser bastante neutro. De igual forma, en las regalías -donde se complicaría un poco más el escenario- se mantiene el sistema de créditos que, a pesar de algunos ajustes respecto de los límites que se reconocen como crédito, el impacto es relativamente neutro. Sin embargo, tanto los intereses, las ganacias de capital y los servicios, podrían registrar algunos efectos dado que la legislación local no contempla crédito por intereses. En materia de servicios, se abre una gran variedad de situaciones, siendo las más complejas aquellas que tributan tanto en Argentina como en Chile. Respecto a las ganancias de capital, pasa algo similar, aunque se registra un problema porque la legislación chilena no reconoce crédito por intereses. 
 ¿Nuevo acuerdo?
 Desde el SII, de igual forma valoran la posibilidad de avanzar en un nuevo acuerdo, que se rija bajo los parámetros de la OCDE y que no sólo apuntan a distribuir cargas tributarias, sino que entrega créditos para cumplir con la carga tributaria en la contraparte. En Argentina ya han manifestado el interés en avanzar en este proceso. Según consigna El Cronista, las autoridades del Ministerio de Economía y de la Cancillería, negociarían en los próximos meses con sus contrapartes para avanzar hacia el modelo de la OCDE. Y es que actualmente el país trasandino estaría enfrentando un “peer review” de parte de este organismo, que apunta a...

Impuesto Combustibles: cifras.

Por J. C. Prado / P. Ojeda
 
Poco más de US$ 4.300 millones recaudaron los impuestos específicos al combustible, el tabaco y la minería durante el año 2011. Esta cifra representa un aumento de casi 
US$ 1.300 millones desde las cifras registradas en 2009. De estos tres tributos el de los combustibles fue el de mayor aporte, seguido por el gravamen al tabaco y el del cobre, según cifras del Servicio de Impuestos Internos (SII). De hecho, el tributo a los combustibles aportó casi US$ 2.000 millones sólo en el año tributario 2011. Por ello, es que el debate por el impuesto específico a los combustibles en el contexto de la reforma tributaria ha sido una de las luchas más enconadas que se han producido en el Congreso desde que el Ejecutivo ingresó el proyecto. Es que las presiones de diversos sectores para que se rebaje o elimine ese tributo no se ciñen a un sector político determinado, sino que se identifican adherentes y detractores de ese impuesto tanto en la oposición como en el oficialismo. En ese escenario, algunos legisladores de la UDI han sido los más críticos con el gobierno, encabezando incluso manifestaciones ciudadanas para pedir la eliminación de ese gravamen. Lo cierto es que uno de los motivos por los que el Ejecutivo se ha mostrado cauto en esa materia es porque el impuesto específico a los combustibles es una de las principales y más efectivas herramientas de recaudación fiscal. Con este aporte de US$ 2.000 millones al fisco se confirmó la tendencia al alza en materia de recaudación que mostró en 2009 con aporte fiscal de US$ 1.364 millones y de US$ 1.820 millones en 2010. Por ende, desde 2009 a 2011 el incremento de los recursos que aportó al fisco sólo el tributo específico a los combustibles fue de poco más de US$ 630...

Patente Municipal: sentencia C. Suprema

Máximo tribunal reafirmó postura: Suprema ratifica que sociedades de inversión pagan patente municipal Crece preocupación de expertos ante falta de certeza jurídica en este tema. Silvana Celedón La Corte Suprema confirmó su postura respecto de la procedencia del pago de patente municipal de las denominadas sociedades de inversión pasivas, con lo que se estima que continuarán las discrepancias con la Contraloría General de la República (CGR) en torno a este tema. Esto, porque pese a que en febrero pasado el señalado ente fiscalizador emitió un dictamen en el que reiteró su negativa frente al polémico gravamen, el máximo tribunal se mantuvo firme en su postura frente a una consulta realizada por la Municipalidad de Zapallar. Anteriormente, la Suprema -en tres fallos sucesivos- había impugnado los recursos que sociedades de inversión interpusieron en contra del tributo. Puntualmente, a inicios de este año, la CGR rechazó una reconsideración presentada por la Asociación Chilena de Municipalidades (Munitel) -junto a los ediles de San Miguel, Macul, Santiago, La Florida, Providencia, La Cisterna, Maipú y Lo Barnechea- que buscaba validar el cobro. En el fallo de este martes -que fue unánime-, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal confirmaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había acogido la acción cautelar y anulado un dictamen que obligaba al municipio de Zapallar a restituir dineros ingresados a las arcas por este concepto. El presidente de la Asociación de Municipalidades y edil de Vitacura, Raúl Torrealba, apoyó ayer la decisión de la Suprema. Pero más allá del falló, enfatizó en la importancia de que exista «claridad y certeza» para abordar este cobro, considerando las reiteradas diferencias que han existido entre tribunales y la CGR. Postura que respaldan los expertos tributarios Christian Aste, de AVL Abogados, y Juan Pablo Orellana, socio de Cariola Díez Pérez-Cotapos. De hecho, los juristas coinciden en la...

Condonacion Johnson C. Diputados

En la Cámara: Crean comisión para investigar condonación del SII a la cadena Johnson Instancia sería presidida por un representante de la oposición. Miriam Leiva Superando un revés en la sesión de la mañana, finalmente la Cámara de Diputados aprobó la creación de una Comisión Investigadora para revisar el sistema de condonaciones que ha realizado el Servicio de Impuestos Internos (SII), tras difundirse que el año pasado «perdonó» a la cadena de retail Johnson el pago de $59 mil millones en reajustes e intereses. La Comisión Investigadora fue respaldada por 58 votos de la oposición y RN, y desestimada por diputados de la UDI que no emitieron su voto. Se prevé que hoy se estaría constituyendo esta nueva instancia, que según el diputado Fuad Chahín (DC) será presidida por un representante de la oposición. «La comisión tendrá 60 días para pronunciarse y responder por qué se favorece a los grandes empresarios y se perjudica a los pequeños contribuyentes», indicó el parlamentario. El diputado RN y presidente de la Comisión de Economía de la Cámara, José Manuel Edwards, agregó que esperan que «también se sume el Ejecutivo para tener un marco normativo que nos permita que exista justicia tributaria en Chile». El Mercurio, 13 de junio de...

Alza de Impuestos si afecta inversión según UDI

Réplica del instituto a la posición de profesores de la U. de Chile LyD muestra evidencia internacional del efecto de las alzas tributarias en la economía Estudios en EE.UU. realizados en 2008 y 2011 revelan que un aumento de impuestos de 1% del PIB aumenta el desempleo en 0,5% y reduce el nivel del producto en casi 3% durante los tres años siguientes. LINA CASTAÑEDA La evidencia académica, tanto a nivel internacional como doméstica, demuestra que un alza tributaria sí tiene efecto en el crecimiento económico, el empleo y la inversión privada y las cifras así lo confirman, señaló el instituto Libertad y Desarrollo (LyD), entrando de lleno al debate que ha generado la idea de impulsar una reforma tributaria para financiar a futuro necesidades de bienes públicos, tales como provisión de educación, salud e infraestructura. Ramón López y Eugenio Figueroa, profesores de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, sostienen que cambios en las tasas impositivas que gravan las utilidades de las empresas tienen un efecto neutro en la inversión porque la estructura tributaria contempla deducciones que en la práctica garantizan una tasa de retorno de la inversión de 15% libre de impuestos. Toman como referencia un estudio de Bustos, Engel y Galetovic publicado en 2004. LyD responde citando lecciones de la historia reciente que se deben considerar antes de subir impuestos. Una de ellas es la publicación de Romer y Romer en 2008, que estudió la recaudación tributaria en Estados Unidos entre 1945 y 2007, concluyendo que un aumento de impuestos de 1% del PIB reduce el nivel del producto en casi 3% durante los tres años siguientes. En la misma dirección, apunta un estudio de Monacelli, Perotti y Trigari publicado por el Banco Central en 2011. Sus autores consideraron la historia tributaria de Estados Unidos desde el fin de la II Guerra...

Como se gasto el Royalty Minero

Los principales destinos de los recursos según informe de la Dipres: Royalty financió fondo de inversión regional, compra de terrenos y proyectos innovadores El impuesto específico a la minería proporciona US$ 180 millones al año en ingresos estructurales para el Estado. Silvana Celedón Porzio Pese a que el Gobierno ha sido claro en que los impuestos no pueden destinarse a fines puntuales o, dicho de otra forma, no pueden vincularse ingresos con determinados gastos, en la práctica el Ejecutivo y el Congreso establecen una serie de compromisos respecto a asignaciones que se realizarán por concepto del impuesto específico a la minería, más conocido como royalty . Es por eso que el último Informe de las Finanzas Públicas entregado por la Dipres presenta un detalle de los mayores recursos obtenidos debido al cambio en el señalado gravamen. De acuerdo con este documento, no todos los ingresos efectivos que se percibieron por el alza en el royalty se destinaron a un mayor gasto, debido a que parte de este incremento incorpora el efecto del ciclo del precio del cobre. Considerando esos parámetros, los ingresos estructurales ascendieron a US$ 180 millones, de los cuales US$ 100 millones se asignaron al nuevo Fondo de Inversión y Reconversión Regional (FIRR), y de esta cifra el grueso de los recursos fueron entregados a las regiones Segunda, Tercera, Octava y Metropolitana. En contrapartida, en el sur figuran las regiones Undécima y Decimocuarta, con menos niveles de aportes desde el FIRR. Los restantes recursos incrementales estructurales fueron asignados para ser gastados siguiendo los criterios del Protocolo que acompañó la Ley de Presupuestos 2011. De esta forma, el grueso de los US$ 80 millones se destinaron a la compra de terrenos en las regiones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XIII, Metropolitana, XIV y XV con un énfasis en la zona del terremoto; equipamiento para educación superior;...

Gasto y Crédito Fiscal por Cierre de Faenas Mineras

El siguiente es el texto de las normas tributarias contenidas en el Proyecto de Ley (aprobado), próximo a publicarse, sobre cierre de faenas mineras: «TÍTULO XV OTRAS DISPOSICIONES Artículo 58.- Provisiones y gastos. La empresa minera podrá provisionar financieramente la cantidad equivalente al monto de la garantía efectivamente constituida en cada uno de los años, determinado según la ley por las sumas que correspondan al plan de cierre. Para efectos de lo establecido en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974, sólo podrá deducirse como gasto necesario para producir la renta el monto de la garantía efectivamente constituida. En este caso la deducción sólo podrá efectuarse durante el plazo que corresponda al último tercio de la vida útil de la faena minera. La deducción anual autorizada será equivalente al resultado de dividir la garantía efectivamente constituida por la cantidad de años correspondientes al último tercio de vida útil de la faena. Al término de la vida útil y ejecución del plan de cierre se harán los ajustes que correspondan para reconocer los gastos efectivamente incurridos por la empresa. Este gasto no será deducible para los efectos de la determinación del Impuesto Específico a la Actividad Minera establecido en la Ley sobre Impuesto a la Renta. En el evento de que se amplíe el plazo de vida útil de la faena minera, la diferencia entre los gastos efectivamente incurridos en el plan original y la garantía constituida, debidamente actualizado por la ampliación del plazo de vida útil, deberán agregarse a la renta líquida imponible del año en que se determine la ampliación y deducirse en los períodos tributarios correspondientes, de conformidad a lo señalado en el inciso precedente. Artículo 59.- Crédito fiscal. Dará derecho a crédito fiscal el Impuesto al Valor Agregado recargado en...

Cierre de Faenas Mineras y sus efectos

Normativa se promulga esta semana Ley de cierre de mineras implica hasta 10% del costo de los proyectos Disposición abriría un mercado para proveedores mineros que se estima entre US$ 5.000 millones y US$ 10.000 millones a 2022. César Sottovia Esta semana se promulgará una ley que podría incrementar los costos de varios proyectos y faenas activas de la industria minera. Se trata de la Ley de Cierre de Faenas Mineras, que obligará a las compañías del rubro que tengan una producción mayor a las 10.000 toneladas mensuales de mineral a constituir garantías que aseguren la disponibilidad de los recursos necesarios para cerrar un yacimiento, con el fin de evitar problemas ambientales y de salud de poblaciones cercanas durante la etapa posterior a la clausura de las faenas. Este problema puede producirse, por ejemplo, por el abandono de las instalaciones productivas una vez terminada la vida útil de las mineras. Según estimaciones de la autoridad, el costo de implementar estas nuevas exigencias -que empezarán a regir un año después de la publicación de la ley- representará para las mineras entre un 5 y un 10% de la inversión total en sus proyectos. El ministro de Minería, Hernán de Solminihac, destacó que esta normativa situará a Chile al nivel de países mineros como Canadá y Australia en materia de cierres, y agregó que producto de las nuevas exigencias, se podrían generar en nuestro país negocios por entre US$ 5.000 millones y US$ 10.000 millones a 2022. Este nuevo mercado que se desarrollaría en torno a clausuras totales o parciales en la minería podría ser atendido por proveedores especializados del área, agregó la autoridad. La proyección -precisó- consideraría faenas en operación por unos US$ 25.000 millones y parte de la cartera de proyectos mineros estimada en US$ 67.000 millones para los próximos ocho años. De Solminihac precisó que una vez que...

Aprobadas Normas Legales para Casinos en Cruceros

La proyectada norma legal que modifica el artículo 36 del Decreto Ley Nº 825, de 1974, referido a la devolución de IVA a exportadores en relación a los Cruceros Internacionales que visitan Chile: Proyecto de Ley: Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 36 del decreto ley Nº 825, de 1974, Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios: a) Reemplázase, en el inciso séptimo, la frase «las regiones I, XI o XII», por «las Regiones de Tarapacá, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de Magallanes y la Antártica Chilena o de Arica y Parinacota» e intercálase, después de la expresión «Igual beneficio tendrán las referidas empresas», la siguiente frase: «, incluso aquéllas constituidas en Chile,». b) Intercálanse en el inciso octavo, a continuación de la expresión «de este texto legal», las siguientes oraciones: «, y a las empresas navieras chilenas a que se refiere el número 3 del artículo 13 de esta ley, que exploten naves mercantes mayores, con capacidad de pernoctación a bordo, y que tengan entre sus funciones el transporte de pasajeros con fines turísticos, en cuanto corresponda a servicios prestados a turistas extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile». Extraído del Oficio Nº 9762, remisorio de la Cámara de Diputados en el tercer trámite constitucional del Prpyecto de...

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